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DECRETO21111968196807 script var date = new Date(31/07/1968); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CV. N. 32576. 17, AGOSTO, 1968. PÁG. 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se reglamenta la acuñación de monedas de $5.00 conmemorativas del XXXIX Congreso Eucarístico Internacional.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse19/08/196819/08/1968325774902

DIARIO OFICIAL. AÑO CV. N. 32576. 17, AGOSTO, 1968. PÁG. 2.

DECRETO 2111 DE 1968

(julio 31)

por el cual se reglamenta la acuñación de monedas de $5.00 conmemorativas del XXXIX Congreso Eucarístico Internacional.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia,en ejercicio de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO. 

  

Que el artículo 5º de la ley 22 de 1968 autoriza la acuñación de monedas de $ 5.00 en la cuantía que determine la Junta Monetaria, con las características que se acuerden entre el gobierno nacional y el Banco de la República; y 

  

Que la Junta Monetaria señaló como monto de la acuñación la cantidad de tres millones trescientos mil pesos ($ 3.300.000.00) y que el gobierno nacional y la Junta Directiva del Banco de la República han acordado las características que adelante se detallan, 

  

DECRETA: 

  


Articulo 1º. Autorizase la emisión de monedas de $ 5.00, conmemorativas del XXXIX Congreso Eucarístico Internacional de Bogotá, en la cuantía determinada por la Junta Monetaria y con las siguientes características: 

  

Aleación: 75% de cobre y 25% de níquel. 

  

Diámetro: 35 milímetros. 

  

Peso: 15 gramos. 

  

Anverso: En la parte superior, REPUBLICA DE COLOMBIA; en la interior, 1968, año de acuñación. 

  

En el centro, dos espigas de trigo, la cifra 5 y, bajo, la palabra PESOS. La gráfila, alusiva al Rosario será de cincuenta perlas. 

  

Reverso: En el centro, el emblema del Congreso, rodeado en círculo, con la leyenda XXXIX CONGRESO EUCARISTICO INTERNACIONAL DE BOGOTA 

  

El distel será liso y el canto o cordón estará formado por preeminencias y depresiones alternas. 

  


Artículo 2º. La utilidad que resulte de esta emisión será destinada por el gobierno nacional a los gastos del XXXIX Congreso Eucarístico Internacional. 

  


Artículo 3º. Este decreto rige desde su fecha. 

  

Comuníquese y cúmplase 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de julio de 1968. 

  

CARLOS LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Abdón Espinosa Valderrania.