DIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32576. 17, AGOSTO, 1968. PÁG. 2.
DECRETO 2069 DE 1968
(julio 29)
por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), por $401.000.00
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968, con el objeto de garantizar la buena marcha de la administración pública y el cumplimiento de los programas de inversión;
Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, por medio de la Resolución número 0482 de 1968, ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1968, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por un total de $ 401.000.00;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República, expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 15 de 1968, por un valor igual al que se trata de trasferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios.
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:
Presupuesto de Funcionamiento. | |
Contracréditos, | |
Departamento Administrativo Nacional de Estadística. | |
CAPÍTULO 020 | |
Departamento Administrativo Nacional de Estadística. | |
Programa 061 | |
Administración del Departamento. | |
Servicios personales. | |
101, 111, 103. Artículo 0201. Sueldos del personal de nómina | 33.000 |
Programa 062 | |
Recolección de datos. | |
Servicios personales. | |
101, 111, 103. Artículo 0205. Sueldos del personal de nómina | 240.000 |
Programa 064 | |
Recolección y evaluación de estadísticas socioculturales. | |
Servicios personales. | |
101, 145, 103. Artículo 0215. Sueldos del personal de nómina | 15.000 |
Programa 065. | |
CENSOS | |
Servicios personales. | |
101, 115, 103. Artículo 0219. Sueldos del personal de nómina | 97.000 |
Programa 067 | |
Tabulación. | |
Servicios personales. | |
101, 115, 103. Artículo 0229. Sueldos del personal de nómina | 16.000 |
Suman los contracréditos | 401.000 |
Créditos: | |
Presupuesto de Funcionamiento. | |
Departamento Administrativo Nacional de Estadística. | |
CAPÍTULO 020 | |
Departamento Administrativo Nacional de Estadística | |
Programa 061 | |
Administración del Departamento | |
Servicios personales. | |
102. 111. 117. Artículo 0203. Prima de Navidad | 3.550 |
Programa 062 | |
Recolección de datos. | |
Servicios personales. | |
102. 115. 127. Artículo 0207. Subsidio de transporte | 7.450 |
Programa 068 | |
Servicios generales. | |
Gastos generales. | |
105, 111, 201. Artículo 0237. Mantenimiento y aseguros | 170.000 |
106, 111, 205. Artículo 0238. Servicios de comunicaciones | 200.000 |
106, 111, 207. Artículo 0239. Servicios públicos | 20.000 |
Suman los créditos | 401.000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de julio de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.