DIARIO OFICIAL. AÑO CV. N. 32581. 27, AGOSTO, 1968. PÁG. 3.
DECRETO 2060 DE 1968
(julio 25)
por el cual se da representación a las organizaciones cooperativas en las Juntas Directivas del Instituto de Crédito Territorial y del Instituto Nacional de Abastecimientos.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO LEY
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 65 de 1967,
DECRETA:
Artículo primero. En cumplimiento del artículo 83 del Decreto 1598 de 1963, por el cual se actualiza la Legislación Cooperativa, y en desarrollo de las facultades extraordinarias de la Ley 65 de 1967, créase un miembro más en cada una de las Juntas Directivas del Instituto de Crédito Territorial y del Instituto Nacional de Abastecimientos para dar representación a las organizaciones cooperativas.
Artículo segundo. Los miembros de las Juntas Directivas del Instituto de Crédito Territorial y del Instituto Nacional de Abastecimientos, de que trata el artículo anterior, serán nombrados por el Presidente de la República en la forma que determine el respectivo Decreto reglamentario.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 25 de julio de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
Enrique Blair, Ministro de Agricultura.--Carlos Augusto Noriega, Ministro del Trabajo.--Antonio Alvarez Restrepo, Ministro de Fomento.