DIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32567. 5, AGOSTO, 1968. PÁG. 1.
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DECRETO 2028 DE 1968
(julio 19)
por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1968 (Ministerio de Obras Públicas), por $ 5.000.000.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y para abrir las correspondientes apropiaciones;
Que en uso de las facultades conferidas al Gobierno Nacional por los Decretos números 2324 y 2855 de 1965, y 2060 de 1967, se emitieron certificados provisionales de Bonos de Desarrollo Económico, de la clase "B", correspondientes al año de 1967, por valor de $ 35.000.000.00, de los cuales se destinan $ 5.000.000.00 para invertir en la construcción de la carretera Medellín-Puerto Berrío;
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 15 de 1968, por valor de $ 35.000.000.00, de los cuales se utiliza la suma necesaria para amparar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1968, con la cantidad de cinco millones de pesos ($ 5.000.000.00), moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 15 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos.
Recursos de capital.
CAPÍTULO XVI
Recursos del Crédito.
a) Recursos del Crédito Interno.
| Numeral 165. Emisión de Bonos de Desarrollo Económico | 5.000.000.00 |
| Suma el recurso | 5.000.000.00 |
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:
Presupuesto de Inversión.
Ministerio de Obras Públicas.
CAPÍTULO 1140
Rama Técnica.
PROGRAMA 1909
Plan Vial Nacional.
Inversión indirecta.
(Recursos del Crédito Público Interno)
(Bonos de Desarrollo Económico)
| 583. 264. Artículo 11122-D. Carretera Medellín-Puerto Berrío | 5.000.000.00 |
| Suma el crédito | 5.000.000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.