DECRETO19961969196911 script var date = new Date(21/11/1969); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CVI. N. 32953. 10, DICIEMBRE, 1969. PÁG. 4.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Justicia y Rama Jurisdiccional) , por $ 7.600.000VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO10/12/196921/11/1969329535724

DIARIO OFICIAL. AÑO CVI. N. 32953. 10, DICIEMBRE, 1969. PÁG. 4.

DECRETO 1996 DE 1969

(noviembre 21)

Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Justicia y Rama Jurisdiccional) , por $ 7.600.000

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que, por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la reforma administrativa; 

  

Que por medio de la Resolución número 5474 de 1969, el Ministerio de Justicia ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar unas apropiaciones del presupuesto de gastos de la Rama Jurisdiccional que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 7.600.000. 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 73 de 1969, por un valor igual al que se trata este transferir, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

decreta

  


Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: 

  

AQUÍ PDF DIARIO 32953 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 4. 

  


Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de noviembre de 1969. 

  

carlos lleras restrepo

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.