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DECRETO19791932193211 script var date = new Date(22/11/1932); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 22148. 28, NOVIEMBRE, 1932. PÁG. 7.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPOR EL CUAL SE CONCEDE UNA FRANQUICIA TELEGRAFICAVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse28/11/193228/11/1932221484397

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 22148. 28, NOVIEMBRE, 1932. PÁG. 7.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1979 DE 1932

(noviembre 22)

POR EL CUAL SE CONCEDE UNA FRANQUICIA TELEGRAFICA

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Concédese franquicia telegráfica para los asuntos urgentes del servicio, hasta por veinticinco palabras, al Agente de la Oficina de Transportes del Ministerio de Guerra en la ciudad de Neiva. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 22 de noviembre de 1932. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

Alberto PUMAREJO