DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXI. N. 25917. 23 AGOSTO, 1945. PÁG. 6.
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DECRETO 1974 DE 1945
(agosto 17)
Por el cual se modifica el marcado con el número 466 de 1945
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificase el aparte a) del punto 2) del artículo 4° del Decreto número 466 del corriente año en el sentido de disponer que la partida para alimentación, lavado y peluquería de los alumnos de pilotaje de la Base- Escuela Ernesto Samper que no tengan categoría de Oficial, será la misma fijada para los Cadetes de la Escuela Militar de Bogotá en el artículo 2° del mismo decreto.
Artículo 2°. La partida diaria de alimentación, lavado y peluquería asignada para la Guarnición de San José del Guaviare en el punto 6) del artículo 4° del Decreto número 466 del corriente año será de $0.80.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 17 de agosto de 1945
Alberto Lleras
El Ministro de Guerra, Domingo Espinel, General