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DECRETO19701975197509 script var date = new Date(17/09/1975); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXII. N. 34413. 3, OCTUBRE, 1975. PÁG. 9.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Salud Pública) Por $ 9.283.587VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO03/10/197517/09/197534413419

DIARIO OFICIAL. AÑO CXII. N. 34413. 3, OCTUBRE, 1975. PÁG. 9.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1970 DE 1975

(septiembre 17)

Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Salud Pública) Por $ 9.283.587

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal 'de 1975 con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito; 

  

Que el Ministerio de Salud Pública, por medio de la. Resolución número 3770 de 1975, declaró sobrante la cantidad de $ 9.283.587.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto; 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 66 de 1975 por $ 9.283.587.00 para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

decreta

  


Artículo 1.° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: 

  

Presupuesto de Funcionamiento

  

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA 

  

Contracréditos

  

CAPITULO 218 

  

Dirección General de Saneamiento

  

Programa 218. 

  

Saneamiento ambiental. 

  

Transferencias

203 355 411Artículo 2218. Para controlar y mejorar las condiciones ambientales del trabajador$200.000
203 355 411Artículo 2219. Para control de alimentos de consumo interno1.000.000
203 355 411Artículo 2220. Para controlar y coordinar los programas de saneamiento200.000
203 355 411Artículo 2221. Para ampliación de la red de control de contaminación atmosférica200.000

Presupuesto de Inversión

  

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA 

  

CAPITULO 598. 

  

Fondo Nacional Hospitalario

  

Programa 602

  

Construcción, ampliación y terminación de hospitales. 

  

Inversión indirecta

  

Recursos ordinarios. 

589 352Artículo 6036. Para ampliación y replanificación de hospitales universitarios$2.300.000

Proyectos. 

1Hospital de San José, Popayán$700.000
2Hospital de Manizales600.000
3Hospital San José Bogotá400.000
4Hospital San Ignacio Bogotá600.000
589 352Artículo 6037. Para ampliación, y replanificación de hospitales regionales-B-$1.483.587

Proyectos. 

2Hospital Rosario Pumarejo, Valledupar500.000
12Hospital San Jorge, de Pereira983.587
589 352Artículo 6038. Para obras nuevas de hospitales regionales. A$600.000
Proyecto 18. Hospital Nuevo, de Ipiales600.000
589 352. Artículo 6041. Instituto Neurológico de Colombia$2.100.000

Proyectos. 

1.Para continuar la construcción$1.100.000
2.Para funcionamiento1.000.000

CAPITULO 600 

  

Instituto Nacional de Programas 

  

Especiales de Salud. 

  

Programa 605. 

  

Investigación médica y análisis de drogas. 

  

Inversión indirecta

  

Recursos ordinarios. 

589 357Artículo 6090. Diagnóstico situación de la salud$1.200.000

Proyectos. 

1Investigación básica$300.000
2Investigación epidemiológica400.000
4Investigación farmacológica500.000
Suman los contracréditos$9.283.587

Créditos. 

  

Presupuesto de Funcionamiento

  

CAPITULO 215 

  

Despacho del Ministro

  

Programa 215

101 111 103.Artículo 2151. Sueldos del personal de nómina$800.000
102 111 105.Artículo 2152. Gastos de representación50.000
102 111 117.Artículo 2154. Prima de Navidad400.000
102 111 120.Artículo 2155. Prima técnica400.000
102 111 129.Artículo 2157. Subsidio familiar200.000

Gastos generales. 

105 111 201.Artículo 2158. Mantenimiento y aseguros$800.000
106 111 205.Artículo 2160. Viáticos y gastos de viaje1.200 000
106 111 207.Artículo 2161. Servicio de comunicaciones100.000
106 111 209.Artículo 2162. Servicios públicos.673.587
106 111 211.Artículo 2163. Materiales y suministros400.000
105 111 213.Artículo 2164. Impresos y publicaciones30.000
106 111 219.Artículo 2165. Gastos varios e imprevistos80.000

Transferencias. 

201 331 404.Artículo 2163. Fondo Nacional de Ahorro$500.000

CAPITULO 216 

  

Dirección General de Atención Médica

  

Programa 216. 

  

Atención médica 

  

Servicios personales 

102 351 117.Artículo 2175. Prima de Navidad$250.000
102 351 120.Artículo 2176. Prima técnica800.000

Gastos generales. 

105 351 201.Artículo 2177. Mantenimiento y aseguros200.000
106 351 205.Artículo 2179. Viáticos y gastos de viaje600.000
106 351 211.Artículo 2182. Materiales y suministros150.000
106 315 213.Artículo 2830. Impresos y publicaciones10.000

CAPITULO 217 

  

Dirección General de Campañas Directas

  

Programa 217. 

  

Administración campañas directas. 

  

Transferencias, 

205 111 430.Artículo 2203. Subsidio para enfermos de lepra$100.000

CAPITULO 218 

  

Dirección General de Saneamiento

  

Programa 218 

  

Saneamiento ambiental. 

  

Servicios personales. 

102 355 117.Artículo 2209 Prima de Navidad$80.000
102 355 120.Artículo 22Í0 Prima técnica300.000

Gastos generales. 

105 355 201.Artículo 2211. Mantenimiento, y aseguros100.000
106 355 205.Artículo 2213. Viáticos y gastos de viaje200.000
106 355 209.Artículo 2215. Servicios públicos30.000
106 355 211.Artículo 2216. Materiales y suministros50.000

CAPITULO 218-A. 

  

Dirección General de Recursos Humanos para la Salud. 

  

Programa 218-A. 

  

Recursos humanos. 

  

Servicios personales. 

102 355 117.Artículo 2209-A. Prima de Navidad$30.000
102.355 120.Artículo 2210-A. Prima técnica120.000

Gastos generales. 

106 355 205.Artículo 2213-A. Viáticos y gastos de viaje$50.000

CAPITULO 218-B 

  

Dirección General de Investigación

  

Programa 218-B. 

  

Investigación. 

  

Servicios personales. 

102 355 117.Artículo 2209-B. Prima de Navidad$20.000
102 355 120.Artículo 2210-B-Prima técnica80.000

Gastos generales. 

105 355 201.Artículo 2211-B. Mantenimiento y aseguros$50.000
108 355 205.Artículo 2213-B, Viáticos y gastos de viaje50.000

CAPITULO 218-C 

  

Dirección General de Vigilancia y Control

  

Programa 218-C. 

  

Vigilancia y control. 

  

Servicios personales, 

102 355 117.Artículo 2209-C. Prima de Navidad$20.000
102 355 120.Artículo 2210-C. Prima técnica80.000

Gastos generales. 

105 355 201.Artículo 2211-C. Mantenimiento y aseguros30.000
106 355 205.Artículo 2213-C. Viáticos y gastos de viaje50.000

CAPITULO 218-D 

  

Dirección General de Epidemiología

  

Programa 218-D 

  

Epidemiología. 

  

Servicios personales. 

102 355 117.Artículo 2209-D. Prima de Navidad$40.000
102 355 120.Artículo 2210-D. Prima técnica160.000
Suman los créditos$9.283.587

Artículo 2.° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de septiembre de 1975. 

  

alfonso lopez michelsen 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.