DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26462. 27, JUNIO, 1947. PÁG. 2.
DECRETO 1970 DE 1947
(junio 16)
Por el cual se abre un crédito al Presupuesto vigente (Ministerio de Correos y Telégrafos)
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 2º de la Ley 6ª de 1943 autorizó al Gobierno Nacional para adquirir las Empresas de Telecomunicaciones existentes en el país, a fin de nacionalizar dichos servicios;
Que en desarrollo de tales autorizaciones el Gobierno procedió a suscribir el contrato de fecha 21 de marzo de 1947, celebrado entre el Ministerio de Correos y Telégrafos y la Compañía Telefónica Central, por medio del cual se adquirió para la Nación dicha Empresa con todos sus equipos;
Que es indispensable incorporar en el Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones los nuevos ingresos que corresponden al producto de la referida Empresa, por una parte, y las sumas equivalentes a dichos productos con destino al sostenimiento de la misma;
Que para tal fin la Contraloría General de la República expidió, en oficio número 10519, fechado el 27 de mayo último, la certificación sobre la disponibilidad de la cifra de $ 700.000 en que se estiman los productos de la referida Empresa en el resto de año en curso, y
Que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y expresado su concepto favorable a la apertura de un crédito al Presupuesto vigente por igual suma,
DECRETA:
Artículo 1º Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas y recursos del Tesoro de la Nación, para el año fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1947, en la cantidad de setecientos mil pesos ($ 700.000) moneda corriente, así:
CAPÍTULO V
Rentas de destinación especial.
Numeral 80-A. Productos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones | 700.000 |
Artículo 2º Con base en los nuevos ingresos de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Capítulo 68.
Artículo 1850-A. Para sueldos y toda clase de gastos que demande el funcionamiento de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, organizada por el Decreto número 11684 de 1947 (mayo 23), y para atender al servicio de la deuda a favor de la Compañía Telefónica Central por razón del contrato de adquisición de la misma Empresa, y demás deudas que actualmente se pagan con productos de los servicios telefónicos y de las que pueda adquirir la misma Empresa | 700.000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de junio de 1947.
MARIANO ORPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ