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DECRETO19531985198507 script var date = new Date(17/07/1985); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXII. N. 37083. 30, JULIO, 1985. PÁG. 12.DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVILPor el cual se modifica el Decreto número 864 de 1985.VigentefalsefalseFunción PúblicafalsefalseDECRETO REGLAMENTARIOfalse30/07/198530/07/1985370831212

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXII. N. 37083. 30, JULIO, 1985. PÁG. 12.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1953 DE 1985

(julio 17)

Por el cual se modifica el Decreto número 864 de 1985.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 3º del artículo 120 de la Constitución Nacional y el artículo 41 del Decreto extraordinario 2400 de 1968, y oído el concepto del Consejo Superior del Servicio Civil y de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1ºAmplíase hasta el 31 de diciembre de 1985 el plazo fijado al Departamento Administrativo del Servicio Civil para atender las solicitudes de inscripción o actualización en la Carrera Administrativa del personal que presta sus servicios en las entidades y en los cargos comprendidos en los niveles señalados en el literal a) del artículo 17 del Decreto 583 de 1984. 

  


Artículo 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de julio de 1985. 

  

BELISARIO BETANCUR 

  

La Jefe del Departamento Administrativo de Servicio Civil (E), 

  

Gloria Gutiérrez Viana.