DIARIO OFICIAL. AÑO CXXII. N. 37083. 30, JULIO, 1985. PÁG. 12.
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DECRETO 1953 DE 1985
(julio 17)
Por el cual se modifica el Decreto número 864 de 1985.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 3º del artículo 120 de la Constitución Nacional y el artículo 41 del Decreto extraordinario 2400 de 1968, y oído el concepto del Consejo Superior del Servicio Civil y de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado,
DECRETA:
Artículo 1ºAmplíase hasta el 31 de diciembre de 1985 el plazo fijado al Departamento Administrativo del Servicio Civil para atender las solicitudes de inscripción o actualización en la Carrera Administrativa del personal que presta sus servicios en las entidades y en los cargos comprendidos en los niveles señalados en el literal a) del artículo 17 del Decreto 583 de 1984.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de julio de 1985.
BELISARIO BETANCUR
La Jefe del Departamento Administrativo de Servicio Civil (E),
Gloria Gutiérrez Viana.