DECRETO18811943194309 script var date = new Date(25/09/1943); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25363. 2, OCTUBRE, 1943. PÁG. 15.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se ordena la construcción de dos puentes, la pavimentación de una carretera, y se hacen varios nombramientoVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO02/10/194302/10/1943253633115

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25363. 2, OCTUBRE, 1943. PÁG. 15.

DECRETO 1881 DE 1943

(septiembre 25)

Por el cual se ordena la construcción de dos puentes, la pavimentación de una carretera, y se hacen varios nombramiento

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Delégase la administración de los trabajos de las .siguientes obras a las zonas de conservación de carreteras nacionales que a continuación se indican: 

  

a) Construcción del puente sobre el río Somondoco, en la carretera que va de Samondoco a unirse con el camino nacional del Meta, a la zona de carreteras nacionales de Bogotá. Esta obra se ejecutará con los fondos de que trata la partida apropiada en el Presupuesto ordinario de la vigencia en curso, Capítulo 88, artículo 1291; 

  

b) Construcción del puente sobre el río Calancala, a la zona de carreteras de Valledupar, con la .partida destinada a esta obra en el Capítulo 88, artículo 1288 del Presupuesto en curso, y 

  

c) Pavimentación de la carretera troncal de Occidente, entre Corozal y Sincelejo, a la zona de carreteras de Cartagena, obra para la cual se cuenta con $ 39.000.000, en el Capítulo 87, artículo 1273 del Presupuesto ordinario en curso. 

  


Artículo segundo. Los Cajeros Pagadores y los Almacenistas de las zonas de carreteras de Bogotá, Valledupar y Cartagena manejarán, en su orden, los dineros y elementos que se destinen a los dos puentes y a la pavimentación mencionados. 

  


Artículo tercero. En reemplazo del señor Alfonso E Moreno, trasladado a otro cargo, nómbrase Ingeniero Ayudante de la carretera Yolombó Segovia, sector .de Yolombó, al señor José M. Molina. 

  


Artículo cuarto. Nómbrase Médico del personal de la carretera Yolombó-Segovia, frente de Yolombó, al doctor José Tabares G. 

  


Artículo quinto. Por renuncia aceptada al señor Luis José Castro, nómbrase Ingeniero Jefe de la carretera Ciénaga Barranquilla, al señor Luis E. Caicedo. 

  


Artículo sexto. Nómbrase a los señores Benjamín Panaso O., Almacenista, y Luis F. Vásquez I., Cajero Contador de la carretera Sonsón-Dorada, sector Sonsón-río La Miel. 

  

Parágrafo, Los empleados a que se refiere este articulo deberán otorgar, antes de posesionarse, las fianzas que al efecto señale la Contraloría de la República. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 25 de septiembre de 1943. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Minitro de Obras Públicas, 

  

Marco Aurelio ARANGO 

  

Digitó: CC1.022.970.487