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DECRETO18621943194309 script var date = new Date(22/09/1943); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25359. 28, SEPTIEMBRE, 1943. PÁG. 14.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se encarga a la Zona de Carreteras de Garzón la administración y dirección de los trabajos de dos víasVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO28/09/194328/09/19432535983814

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25359. 28, SEPTIEMBRE, 1943. PÁG. 14.

DECRETO 1862 DE 1943

(septiembre 22)

Por el cual se encarga a la Zona de Carreteras de Garzón la administración y dirección de los trabajos de dos vías

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. La dirección y administración de los trabajos de construcción del camino Garzón-Puerto Rico, a que se refiere la apropiación número 1263 del Presupuesto en curso, así como los de reparación y mejora del camino Pitalito Salto-rio Bordones, de que trata el artículo 1264 del mismo Presupuesto, estarán a cargo del personal superior de la Zona de Carreteras de Garzón. 

  


Artículo segundo. El Cajero-Contador y el Almacenista de dicha Zona tendrán a su cargo el manejo de los fondos y elementos que se destinen a los trabajos de las vías que menciona el artículo anterior. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 22 de septiembre de 1943. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Marco Aurelio ARANGO