DIARIO OFICIAL. AÑO CXI. N. 34413. 3, OCTUBRE, 1975. PÁG. 6.
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DECRETO 1853 DE 1975
(septiembre 08)
Por el cual se modifican los gravámenes de algunas posiciones del Arancel de Aduanas
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El presidente de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 6a de 1971 y oído el concepto previo al Consejo Nacional de Política Aduanera.
decreta:
Artículo 1° Modifícanse los gravámenes de las siguientes posiciones del Arancel de Aduanas en la forma que a continuación señala:
| Posición | Gravámen | Posición | Gravámen |
| % | % |
| 28.56.00.02 | 15 | 49.07.00.02 | 1 |
| 31.02.08.00 | 70 | 90.01.01.00 | 30 |
| 31.05.03.01 | 70 | 90.01.02.00 | 30 |
| 31.05.03.99 | 70 | 90.01.03.00 | 30 |
| 37.03.01.00 | 30 |
Artículo 2° Redúcese al uno por ciento (1%) el gravamen de los papeles de seguridad para la impresión de billetes del banco, posición 48.001.03.02 del Arancel de Aduanas, únicamente cuando sean importados por el Banco de la República.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 8 de septiembre de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya.