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DECRETO18141941194110 script var date = new Date(24/10/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO MCMXLI. N. 24800, 29 OCTUBRE 1941, PAG.14MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en cursoVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO29/10/194129/10/19412480037814

DIARIO OFICIAL. AÑO MCMXLI. N. 24800, 29 OCTUBRE 1941, PAG.14

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1814 DE 1941

(octubre 24)

Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 25 de septiembre último, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para trasladar una suma dentro del presupuesto del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en la nota número .. procedente de la Secretaría de dicha entidad, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente: 

MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Capítulo 38
Del artículo 378. Para sueldos del personal de saneamiento de puertos no comprendidos en las Unidades y Comisiones Sanitarias, inclusive Puerto Wilches, según la Ley 32 de 1927$3.000.00
Capítulo 44
Al artículo 516. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio3.000.00

Artículo 2.° El presente decreto rige desde su fecha. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 24 de octubre de 1941. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, 

  

José Joaquín CAICEDO CASTILLA