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DECRETO17801941194110 script var date = new Date(20/10/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24796. 24, OCTUBRE, 1941. PÁG. 13.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se fijan el personal y las asignaciones para la Escuela de Música de PopayánVigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO24/10/194124/10/19412479634113

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24796. 24, OCTUBRE, 1941. PÁG. 13.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1780 DE 1941

(octubre 20)

Por el cual se fijan el personal y las asignaciones para la Escuela de Música de Popayán

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO 

  

Que en el artículo 896 (parágrafo 10), capítulo 68, del Presupuesto vigente, se apropió la suma de 

  

$ 5.000 para auxiliar a la Escuela de Música de Popayán, suma que fue girada a la 

  

Universidad del Cauca por relación de autorización permanente número 85/3086, de cuyo giro queda el saldo correspondiente a los meses de octubre a diciembre, o sea la cantidad de $ 1.249.98; 

  

Que por Decreto número 1719, de fecha 7 de octubre en curso, se dispuso que la citada Escuela de Música, a partir de la fecha, del Decreto, será una dependencia del Ministerio de Educación, el cual nombrará los profesores y empleados del plantel y les fijará sueldos, 

  

DECRETA

  


Artículo 1° A partir del lº de octubre en curso, la Escuela de Música de Popayán, de que trata el Decreto 1719 de 1941, funcionará con el siguiente personal y asignaciones: 

Mensual.En 3 meses
Un Director-Profesor-Habilitado, con.$190.00570.00
Un Profesor de Violín y Contrabajo70.00210.00
Una Profesor de Piano50.00150.00
Un Profesor de Iniciación Musical30.0090.00
Un Portero30.0090.00
Para servicios, material y gastos varios139.98
Total$1.249.98

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1941 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Garlos LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Guillermo NANNETTI