DECRETO17381992199210 script var date = new Date(26/10/1992); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXVIII. N. 40642. 27, OCTUBRE, 1992. PÁG. 3.MINISTERIO DE DEFENSA NACIONALpor el cual se aprueba el Acuerdo número 020 del 21 de agosto de 1992 de la Junta Directiva de la Caja de Vivienda Militar, que establece la planta global de personal.VigentefalsefalseDefensa NacionalfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse27/10/199227/10/19924064233

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXVIII. N. 40642. 27, OCTUBRE, 1992. PÁG. 3.

DECRETO 1738 DE 1992

(octubre 26)

por el cual se aprueba el Acuerdo número 020 del 21 de agosto de 1992 de la Junta Directiva de la Caja de Vivienda Militar, que establece la planta global de personal.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 020 del 21 de agosto de 1992, de la Junta Directiva de la Caja de Vivienda Militar, que establece la planta global de personal y cuyo texto es el siguiente: 

  

ACUERDO NUMERO 020 DE 1992 

  

(agosto 21) 

  

por el cual se establece la planta global de personal de la Caja de Vivienda Militar. 

  

La Junta Directiva de la Caja de Vivienda Militar, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el Decreto-ley 3073 de 1968 y Estatuto Interno aprobado por Decreto número 474 de 1986, 

  

ACUERDA: 

  

Artículo 1° Determinar que las funciones de la Caja de Vivienda Militar, serán cumplidas por la planta de personal global, que a continuación se establece: 

  

Número de cargos 

Denominación del cargo 

Código 

Grado 

Director General de Establecimiento Público 

0015 

12 

Subdirector General de Establecimiento Público 

0040 

02 

Jefe de Oficina 

2045 

07 

Jefe de División 

2040 

07 

14 

Jefe de Sección 

2075 

06 

Médico y Odontólogo 

3085 

14 

Profesional Especializado 

3010 

10 

Profesional Especializado 

3010 

09 

Profesional Especializado 

3010 

08 

15 

Profesional Universitario 

3020 

06 

Profesional Universitario 

3020 

04 

Profesional Universitario 

3020 

03 

Asistente Administrativo 

4140 

15 

Asistente Administrativo 

4140 

12 

Técnico en Presupuesto 

4035 

10 

Técnico Administrativo 

4065 

11 

Técnico Administrativo 

4065 

09 

Técnico Administrativo 

4065 

07 

Programador de Sistemas 

4060 

11 

Técnico Operativo 

4080 

09 

Dibujante 

4095 

08 

Dibujante 

4095 

06 

Dibujante 

4095 

05 

Operador de Equipo de Sistemas 

4100 

06 

Topógrafo 

4105 

08 

Auxiliar de Técnico 

4110 

06 

Almacenista 

5080 

13 

Secretario Ejecutivo 

5040 

17 

Secretario Ejecutivo 

5040 

15 

Secretario Ejecutivo 

5040 

13 

Coordinador 

5005 

15 

Supervisor 

5105 

12 

12 

Secretario 

5140 

10 

Secretario 

5140 

08 

Cajero 

5095 

12 

  

Número de cargos 

Denominación del cargo 

Código 

Grado 

Secretario 

5140 

06 

11 

Auxiliar Administrativo 

5120 

11 

17 

Auxiliar Administrativo 

5120 

09 

10 

Auxiliar Administrativo 

5120 

07 

Auxiliar Administrativo 

5120 

05 

Ayudante de Oficina 

5155 

07 

Ayudante de Oficina 

5155 

05 

Operario Calificado 

6000 

08 

Conductor Mecánico 

6010 

09 

Conductor Mecánico 

6010 

08 

Enfermero Auxiliar 

6045 

08 

Celador 

6020 

06 

Auxiliar de Servicios Generales 

6035 

07 

Auxiliar de Servicios Generales 

6035 

05 

Ayudante 

6025 

05 

  

Artículo 2°Distribuciónde la planta de personal global de cargos. Establecer que los cargos a que se refiere el artículo 1° del presente Acuerdo serán distribuidos por el Director General de la Caja de Vivienda Militar, mediante Resolución de acuerdo con la estructura orgánica interna, los planes y programas y necesidades del servicio de la Entidad. 

  

Artículo 3°Incorporación de los funcionarios. Determinar que en la incorporación individual de los funcionarios de la Caja de Vivienda Militar a la planta de personal adoptada por este Acuerdo, se exigirán los requisitos establecidos por los Decretos 1042 de 1978 y 643 de 1992. 

  

Artículo 4° De conformidad con lo establecido en el artículo 76 del Decreto número 1042 de 1978, fíjase en 32 el número de trabajadores oficiales al servicio de la Caja de Vivienda Militar. 

  

Artículo 5° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por decreto del Gobierno Nacional, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y en especial el Acuerdo 07 del 09 de marzo de 1988. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., el 21 de agosto de 1992. 

  

(Firmado) Presidente. 

  

(Firmado) Secretario 

  


Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto número 1017 de 1988. 


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 1992. 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Rudolf Hommes Rodriguez

  

El Ministro de Defensa Nacional, 

  

Rafael Pardo Rueda. 

  

El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil, 

  

Carlos Humberto Isaza Rodriguez.