DECRETO17321955195506 script var date = new Date(22/06/1955); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCII. N. 28804. 18, JULIO, 1955. PÁG. 3.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto VgenteVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO18/07/195518/07/1955288042113

DIARIO OFICIAL. AÑO XCII. N. 28804. 18, JULIO, 1955. PÁG. 3.

DECRETO 1732 DE 1955

(junio 22)

Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto Vgente

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953. 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Hácense los siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: 

  

Ministerio de Educación Nacional 

  

CAPITULO 105 

  

División de Coordinación Universitaria y Alta Cultura. 

  

Universidades. 

A1a. Del artículo 2025. Aporte para construcción acciones mejoras y reparaciones locativas de edificios y locales de la Universidad Pedagógica de Colombia y todas sus dependencias, y compra de terrenos, edificios o locales para los mismos establecimientos docentes (Decretos legislativos 2055 de 1953 y 1423 de 1954$100.000.00
Suman los contracréditos$100.000.00
CAPITULO 105
Universidades.
B211. Al artículo 2024. Aporte para el sostenimiento de la Universidad Pedagógica de Colombia
(Decretos legislativos 2655 de 1953 y 1423 de 1954), Sección Femenina con sede en la ciudad de Bogotá (Decreto legislativo 547 de 1954, en el año$100.000.00
Suman los contracréditos$100.000.00

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 22 de junio de 1955. 

  

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA, 

  

Presidente de Colombia, 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos Villaveces. 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Aurelio Caicedo Ayerbe.