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DECRETO17291943194309 script var date = new Date(02/09/1943); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N 25345. 11, SEPTIEMBRE, PÁG. 12.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se encomiendan nuevas funciones al Banco PostalVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO11/09/194311/09/19432534568412

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N 25345. 11, SEPTIEMBRE, PÁG. 12.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1729 DE 1943

(septiembre 02)

Por el cual se encomiendan nuevas funciones al Banco Postal

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 3º. inciso e) del decreto legislativo número 1362 de 1940, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º autorizase al banco postal para hacer préstamos a entidades oficiales o suscribir empréstitos, cuando su capital exceda del necesario para la debida atención de los servicios que le estan encomendados. 

  


Artículo 2º tales operaciones deben ser autorizados por la junta directiva. 

  


Artículo 3º este decreto regirá desde su fecha. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 2 de septiembre de 1943. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

Alvaro DIAZ S.