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DECRETO17191943194309 script var date = new Date(01/09/1943); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25343. 9, SEPTIEMBRE, 1943. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se fijan las asignaciones a los alumnos de los cursos especiales para preparación de Oficiales de la Policía NacionalVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO09/09/194309/09/1943253436571

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25343. 9, SEPTIEMBRE, 1943. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1719 DE 1943

(septiembre 01)

Por el cual se fijan las asignaciones a los alumnos de los cursos especiales para preparación de Oficiales de la Policía Nacional

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia. 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º De conformidad con el articulo 6° del Decreto extraordinario número 1718, de 1º de septiembre en curso, fijanse las siguientes asignaciones a los alumnos de los cursos especiales para preparación de Oficiales de la Policía Nacional. 

  

a) En el primer mes de estudios del curso, cincuenta pesos mensuales por alumno. 

  

b) En el segundo mes de estudios, cien pesos mensuales. . 

  

c) Del segundo mes en adelante, hasta la terminación del curso, ciento cincuenta pesos mensuales. 

  


Artículo 2º Los alumnos que por razón de sus calificaciones sean dados de alta como Comandantes de División; devengaran durante el término del contrato una asignación mensual de $ 250. 

  


Artículo 3º Este Decreto rige desde su fecha. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 1º de septiembre de 1943. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Darío ECHANDIA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Arcesio LONDOÑO PALACIO