DECRETO16672004200405 script var date = new Date(25/05/2004); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXL. N. 45560. 26, MAYO, 2004. PÁG. 15.MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESpor el cual se adiciona el Decreto 2877 del 24 de diciembre de 2001.CompiladofalsefalseRelaciones ExterioresfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse26/05/200426/05/2004455601515

DIARIO OFICIAL. AÑO CXL. N. 45560. 26, MAYO, 2004. PÁG. 15.

DECRETO 1667 DE 2004

(mayo 25)

por el cual se adiciona el Decreto 2877 del 24 de diciembre de 2001.

ESTADO DE VIGENCIA: Compilado. [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 189, numeral 2 de la Constitución Política, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°.Adiciónase el artículo 2° del Decreto 2877 del 24 de diciembre de 2001 en el sentido de que también tendrán derecho a la expedición de pasaporte diplomático los titulares de los siguientes cargos durante el desempeño de sus funciones: 

  

Alto Consejero Presidencial, 

  

Secretario de Prensa de la Presidencia de la República. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°.Adiciónase el artículo 8° del Decreto 2877 del 24 de diciembre de 2001 en el sentido de que también tendrá derecho a la expedición de pasaporte oficial, los colombianos que tengan las siguientes calidades: 

  

Ex Alto Consejero Presidencial titular. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase, 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 2004. 

  

ALVARO URIBE VÉLEZ 

  

La Ministra de Relaciones Exteriores, 

  

Carolina Barco.