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DECRETO16391988198808 script var date = new Date(16/08/1988); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXV. N. 38459. 16, AGOSTO, 1988. PÁG. 1.MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESpor el cual se adiciona el Decreto número 414 de 1988.VigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalsefalseDECRETO REGLAMENTARIOfalse16/08/198816/08/19883845911

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXV. N. 38459. 16, AGOSTO, 1988. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1639 DE 1988

(agosto 16)

por el cual se adiciona el Decreto número 414 de 1988.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le otorga el ordinal 3° del artículo 120 de la Constitución Política, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Adiciónase el artículo 11 del Decreto número 414 del 8 de marzo de 1988, así: 

  

“Parágrafo 3° La Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular de la República, podrá por razones suficientemente justificadas, autorizar al funcionario para presentar en el segundo turno (mes de enero de 1989), las pruebas a que se refieren los artículos 10 y 11 de la Ley 61 de 1987”. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 16 de agosto de 1988. 

  

VIRGILIO BARCO 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Julio Londoño Paredes.