DIARIO OFICIAL. AÑO LXI. N. 20042. 7, NOVIEMBRE, 1925. PÁG. 5.
DECRETO 1636 DE 1925
(noviembre 02)
Por el cual se trasladan unas sumas de dinero
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Guerra elevó una solicitud con fecha 22 del mes pasado para que se decretara el traslado de unas partidas en su presupuesto de gastos;
Que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 30 del mes pasado aprobó los traslados solicitados, y
Que se ha dado cumplimiento para este pedimento a lo dispuesto por la Ley 34 de 1923,
DECRETA:
Artículo 1º Trasládense en el presupuesto de guerra, las siguientes partidas:
Capítulo 39. Del artículo 382 | 1,000 | |
Al artículo 394 | 1,000 | |
Capítulo 42. Del artículo 413 | 1,974 73 | |
Del artículo 415 | 5,605 87 | |
Al artículo 401 | 780 | |
Al artículo 404 | 1,000 | |
Al artículo 411 | 5,800 60 | |
8,580 60 | 8,580 60 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de noviembre de 1925.
PEDRO NEL OSPINA
El Ministro de Guerra,
Francisco SORZANO.