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DECRETO16321972197209 script var date = new Date(06/09/1972); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. CIX. N. 33723. 26, OCTUBRE, 1972. PÁG. 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal e 1972 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 1.000.000.00VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO26/10/197206/09/1972337233382

DIARIO OFICIAL. AÑO. CIX. N. 33723. 26, OCTUBRE, 1972. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1632 DE 1972

(septiembre 06)

Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal e 1972 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 1.000.000.00

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos; 

  

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación Nacional para la vigencia fiscal de 1972, por un total de $1.000.000.00; 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, y con base en el producto de superávit fiscal de 1971, el Contralor Generar de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 10 de 1972, por $ 40.359.234.88, de los cuales se utilizan, $1.000.000.00, para financiar la apertura del crédito presupuestal de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Tientas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de un millón de pesos ($ 1.000.000.00), moneda legal, que, con base en el certificado de Disponibilidad número 10 del mismo año expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: 

  

Presupuesto de Rentas e Ingresos. 

  

Recursos de Capital. 

  

CAPITULO XV 

  

Recursos del Balance del Tesoro. 

Numeral 166. Superávit fiscal de 1971$1.000.000
Suma el Recurso$1.000.000

Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. 

  

Presupuesto de Inversión. 

  

Ministerio de Educación Nacional. 

  

CAPITULO 680 

  

Ministerio de Educación Nacional. 

  

Programa 682 

  

Instalaciones y Fomento Deportivo. 

  

(Recursos Ordinarios). 

588 318Artículo 6857-G. Para entregar al Instituto Colombiano de Cultura (Colcultura) para la compra de la casa del museo de Arte Religioso de Popayán$1.000.000
Suma el crédito$1.000.000

Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de septiembre de 1972 

  

misael pastrana borrero 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez.