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DECRETO15692007200705 script var date = new Date(09/05/2007); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46623. 9, MAYO, 2007. PÁG. 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, contenida en el Decreto 1246 del 16 de abril de 2007.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIO09/05/200709/05/20074662322

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46623. 9, MAYO, 2007. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1569 DE 2007

(mayo 09)

por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, contenida en el Decreto 1246 del 16 de abril de 2007.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y 

  

en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 1246 del 16 de abril de 2007, 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación; 

  

Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto; 

  

Que mediante Decreto 1246 del 16 de abril de 2007 se adicionó el Presupuesto General de la Nación para la presente vigencia fiscal en dos mil ciento treinta y nueve millones ciento setenta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos ($2.139.176.969) moneda legal; 

  

Que mediante Oficio DIFP-26-20072620000816 del 13 de marzo de 2007, el Departamento Nacional de Planeación conceptúa favorablemente sobre la adición de dos mil ciento treinta y nueve millones ciento setenta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos ($2.139.176.969) moneda legal, al Presupuesto de Gastos de Inversión del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°.Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúese la siguiente liquidación a la adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2007, en la suma de dos mil ciento treinta y nueve millones ciento setenta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos ($2.139.176.969) moneda legal, según el siguiente detalle: 

  

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 

  

II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLlCOS 

2.139.176.969 

360700 INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, ICBF 

B. RECURSOS DE CAPITAL 

2.139.176.969 

DONACIONES 

2.139.176.969 

  


Artículo 2°.Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Efectúese la siguiente liquidación a la adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2007, en la suma de dos mil ciento treinta y nueve millones ciento setenta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos ($2.139.176.969) moneda legal, según el siguiente detalle: 

  

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION 

  

CTA. PROG. 

SUBC. SUBP. 

CONCEPTO 

APORTE NACIONAL 

RECURSOS PROPIOS 

TOTAL 

SECCION 360700 

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,·ICBF 

  

PRESUPUESTO DE INVERSION 

  

2.139.176.969 

2.139.176.969 

320 

  

PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO 

  

2.139.176.969 

2.139.176.969 

320 

1501 

ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD 

  

2.139.176.969 

2.139.176.969 

TOTAL PRESUPUESTO SECCION 

  

2.139.176.969 

2.139.176.969 

  


Artículo 3°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto. 

  


Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese, y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2007. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Oscar Iván Zuluaga Escobar.