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DECRETO15681932193209 script var date = new Date(28/09/1932); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 22104. 5, OCTUBRE, 1932. PÁG. 2.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se reforma el Decreto número 1380 del corriente añoVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO05/10/193205/10/193222104342

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 22104. 5, OCTUBRE, 1932. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1568 DE 1932

(septiembre 28)

Por el cual se reforma el Decreto número 1380 del corriente año

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y vista la información suministrada-por el señor Gobernador 

  

de Boyacá, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Por haber sido llamado por el Ministerio de Guerra el señor Capitán Francisco Santos, quien se encontraba desempeñando una comisión en el Municipio de Chita, investido del carácter de funcionario de instrucción criminal nacional, por Decreto 1380 del 17 de agosto último, se le da tal carácter al señor Teniente Manuel Téllez Pulido y a su Secretario señor Carlos A Gama, para que continúen perfeccionando la investigación de los sucesos ocurridos en Chita. 

  

Parágrafo. Queda en los anteriores términos reformando el Decreto 1380 del corriente año 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 28 de septiembre de 1932 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Agustín MORALES OLAYA