DIARIO OFICIAL. AÑO CIX. N. 33703. 2, OCTUBRE, 1972. PÁG. 2.
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DECRETO 1564 DE 1972
(agosto 30)
Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Deuda Pública Nacional), por $ 61.205.380
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que por medio del numeral 3° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos adicionales y efectuar traslados en el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1972, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que por medio de la Resolución ejecutiva número 154 de 1972, el Gobierno Nacional declaró sobrante y, por lo tanto disponible para ser contracreditada la cantidad de $ 61.205.380.00 en el Presupuesto de Gastos de la Deuda Pública Nacional, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de unos créditos adicionales al mismo presupuesto y al del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de 1a República expidió el Certificado de Disponibilidad número 16 de 1972, para amparar los créditos presupuestales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972.
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Deuda Pública Nacional
Capítulo 161. - Dirección General del Crédito Público
Programa 181. - Deuda Externa
Documentos a la orden y convenios contractuales
| Deuda en dólares
510. Artículo 1616. Programa de Agricultura
Crédito 739-CO | ||
| Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de Washington, de acuerdo con el contrato de mayo 28 de 1971, entre el Gobierno Nacional y dicho banco, para un programa de agricultura, en virtud de las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965, 26 de 1967 y 18 de 1970, así: | ||
| 302. 503. 1° Intereses | 7.304.400 | |
| 303. 505. 2° Comisiones y gastos | 15.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 1.500.000.00 | |
| 510, Artículo 1620. Export Import Bank of Washington. | ||
| Crédito 2292 | ||
| Servicio de la deuda contraída con el Export and Import Bank of Washington, en desarrollo del contrato de marzo 18 de 1966, celebrado entre la República de Colombia y el Eximbank, para financiar un programa de compra y reventa de equipo agrícola, y de irrigación por la Caja de Crédito Agrario, en virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 7ª de 1963 y el Decreto número 512 de 1966, así: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 6.851.000 | |
| 302. 503. 2° Intereses | 521.100 | |
| 303. 505. 3° Comisiones y gastos | 5.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 1.200.000.00 | |
| 510. Artículo 1640. Préstamo AID 514L-061 | ||
| Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Development (AID) de Washington, de acuerdo con el contrato de junio 11 de 1970, celebrado entre la República de Colombia y la AID, para financiar un programa de desarrollo económico-social a largo plazo y contribuir al equilibrio de la Balanza de Pagos, en virtud de las autorizaciones conferidas por las Leyes 123 de1959, 9ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967, así: | ||
| 302. 503. 1° Intereses | 16.120.000 | |
| 303. 505. 2° Comisiones y gastos | 10.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 1.500.000.00 | |
| 510. Artículo 1641. Préstamos nuevos.
Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Development (AID) de Washington, de acuerdo con los contratos a celebrarse entre la República de Colombia y la AID; para financiar un programa de desarrollo económico-social a largo plazo y contribuir al equilibrio de la Balanza de Pagos, un programa de catastro y un programa de inventario minero, en virtud de las autorizaciones de las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965, 26 de 1967 y 18 de 1970, así: | ||
| 302. 503. 1° Intereses | 18.120.000 | |
| 303. 505. 2° Comisiones y gastos | 15.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 4.000.000.00 | |
| 510. Artículo 1652. Préstamo BID 174/SF-CO. | ||
| Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de Washington, de acuerdo con el contrato de préstamo de abril 21 de 1968, celebrado entre la República de Colombia y el BID, para financiar un programa de estudios pre-inversión por conducto del Departamento Administrativo de Planeación en virtud de las autorizaciones conferidas por las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965, 26 de 1967 y el Decreto 574 de 1968, así: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 2.690.900 | |
| 302. 503. 2° Intereses | 3.224.000 | |
| 303. 505. 3° Comisiones y gastos | 10.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 900.000.00 | |
| 510. Artículo 1653. Préstamo BID 182/SF-CO. | ||
| Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de Washington, de acuerdo con el contrato de préstamo de abril 21 de 1968, celebrado entre la República de Colombia y el BID, para financiar un programa de construcción, reconstrucción, mejoramiento y pavimentación de la carretera troncal Transversal del Caribe, en virtud de las autorizaciones conferidas por las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965, 26 de 1967 y el Decreto 567 de 1968, así: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 15.568.700 | |
| 302. 503. 2° Intereses | 11.445.200 | |
| 303. 505. 3° Comisiones y gastos | 10.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 2.400.000.00 | |
| 510: Artículo 1655. Préstamo 237/SF-CO Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de Washington, de acuerdo con el contrato de enero 16 de 1970, celebrado entre la República de Colombia y el BID, para financiar un programa de construcción de carreteras, por conducto del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, en virtud de las autorizaciones conferidas por las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967, así: | ||
| 302. 503. 1° Intereses | 13.702.000 | |
| 303. 505. 2° Comisiones | 10.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 2.400.000.00 | |
| 510. Artículo 1655. Préstamo 237/SF-CO
Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de Washington, de acuerdo con el contrato de enero 16 de 1970, celebrado entre la República de Colombia y el BID, para financiar un programa de construcción, de carreteras, por conducto del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, en virtud de las autorizaciones conferidas por las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967, así: | ||
| 302. 503. 1° Intereses | 13.702.000 | |
| 303. 505. 2° Comisiones | 10.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 3.000.000.00 | |
| 510. Artículo 1656. Préstamo BID 246/SF-CO | ||
| Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de Washington, de acuerdo con el contrato de enero 16 de 1970, celebrado entre la República de Colombia y el BID, para financiar la Construcción de la carretera Popayán-Pasto, por conducto del Fondo Vial Nacional, en virtud de las autorizaciones conferidas por las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967, así: | ||
| 302. 503. 1° Intereses | 11.284.000 | |
| 303. 505. 2° Comisiones y gastos | 10.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 4.000.000.00 | |
| 510. Artículo 1658. Préstamo BID 263/SF-CO. | ||
| Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de Washington, de acuerdo con el contrato de julio 13 de 1970, celebrado entre la República de Colombia y el BID, para financiar construcción de la carretera Santuario Puerto Triunfo, en virtud de las autorizaciones conferidas por las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1969, así: | ||
| 302. 503. 1° Intereses | 9.672.000 | |
| 303. 505. 2° Comisiones y gastos | 15.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 5.000.000 | |
| 510. Artículo 1659. Banco Interamericano de Desarrollo. | ||
| Préstamo 276/SF-CO
Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de Washington, de acuerdo con el contrato de enero 20 de 1971, celebrado entre la República de Colombia y el BID, para financiar un programa de estudios de pre-inversión por conducto de FONADE, en virtud de las autorizaciones de las Leyes 123 de 1959, 9ª de de 1962, 12 de 1965, 26 de 1967 y 18 de 1970, así: | ||
| 302. 503. 1° Intereses | 4.030.000 | |
| 303. 505. 2° Comisiones y gastos | 5.000 | |
| De los cuales se utilizan para ese contracrédito | 1.000.000.00 | |
| 510. Artículo 1660. Banco Interamericano de Desarrollo. | ||
| Préstamo 145/OC-CO | ||
| Servicio de la deuda asumida de acuerdo con el contrato entre la Nación, el Banco Interamericano de Desarrollo y la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, en virtud del Decreto 1321 de julio 31 de 1970, asi: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 35.118.600 | |
| 302. 503. 2° Intereses | 13.286.800 | |
| 303. 505. 3° Comisiones y gastos | 10.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 27.000.000.00 | |
| 510. Artículo 1662. Eximbank Continental y Schroder. | ||
| Crédito número 2679
Servicio de la deuda contraída, de acuerdo con el contrato de octubre 13 de 1970, celebrado entre el Gobierno Nacional y el Eximbank, Continental y Schroder, de Estados Unidos, para la adquisición de equipo para el Ministerio de Obras Públicas,-Fondo Vial Nacional-, en virtud de las autorizaciones conferidas por las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967, así: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 25.187.500 | |
| 302. 503. 2° Intereses | 12.153.000 | |
| 303. 505. 3° Comisiones y gastos | 10.000 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 2.000.000.00 | |
| Programa 182. - Documentos a la orden y Convenios Contractuales | ||
| 510. Artículo 1736. Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero - Cartera de Rehabilitación. | ||
| Servicio de la deuda contraída con la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, por concepto de la Cartera de Rehabilitación otorgada con la garantía del Estado, declarada incobrable, a que se refieren los Decretos legislativos 239 y 323 de 1958, 005 y 009 de 1959 y el Decreto 612 del mismo año y de acuerdo con el contrato celebrado entre el Gobierno Nacional y la Caja de Crédito Agrario, de fecha octubre 21 de 1963, así: | ||
| 306. 501. 1° Amortización | 7.560.100 | |
| 307. 503. 2° Intereses | 145.280 | |
| De los cuales se utilizan para este contracrédito | 7.705.380.00 | |
| Suman los contracréditos | $ | 61.205.380.00 |
| Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972.
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Capítulo 141
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Programa 165. - Administración del Crédito Público
Servicios Personales | ||
| 101. 111. 103. Artículo 1466. Sueldos del personal de nómina | 484.830.00 | |
| 102. 111. 117. Artículo 1467. Prima de Navidad | 99.800.00 | |
| Gastos Generales | ||
| 105. 111. 203. Artículo 1469. Compra de equipo | 600.000.00 | |
| DEUDA PUBLICA NACIONAL Capítulo 161
Dirección General del Crédito Público
Programa 181. - Deuda Externa
Documentos a la orden y convenios contractuales
Deuda en Dólares
510. Artículo 1651. Banco Interamericano de Desarrollo.
Préstamo 64-OC/CO | ||
| Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, de Washington, de acuerdo con el contrato de préstamo de 18 de septiembre de 1963, celebrado entre la República de Colombia y el BID, para financiar el instalamiento de una planta de soda en la ciudad de Cartagena, en virtud de las autorizaciones conferidas por las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965, 26 de 1967 y 141 de 1968 y los Decretos 3358 de 1962 y 1205 de 1969, así: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 680.000 | 680.000 |
| 510. Artículo 1663. Heckler & Koch Servicio de la deuda contraída con la firma Heckler & Koch GMBH, de Alemania, de acuerdo con los contratos de marzo 12 de 1970, febrero 5 y marzo 18 de 1971, celebrados entre el Gobierno Nacional y dicha firma en virtud de las autorizaciones conferidas por los Decretos 1784, 2348 y 2361 de 1954, así; | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 2.300.000 | 2.300.000.00 |
| 510. Artículo 1666. Avions Marcel Dassault (AMD).-Francia. | ||
| Servicio de la deuda contraída con la Sociedad Avions Marcel Dasaault (AMD) de Francia, de acuerdo con el contrato de diciembre 10 de 1970, celebrado entre el Gobierno Nacional y la citada sociedad, por la adquisición de equipo para el Ministerio de Defensa, en virtud de las autorizaciones de los Decretos legislativos 1784, 2348 y 2361 de 1954, así: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 1.800.000 | 1.800.000.00 |
| 510. Artículo 1668. Ferrostaal Aktiengesellschaft y Howaldtswerke Deutsche Werf, de Alemania.
Servicio de la deuda contraída con la firma Ferrostaal Aktiengessllschaft de Essen y Howaldtswerke de Deutsche Werf A. G. de Kiel, Alemania, de acuerdo con el contrato de noviembre 12 de 1970, celebrado entre el Gobierno Nacional y dichas firmas, por la adquisición de equipo para el Ministerio de Defensa, en virtud de las autorizaciones de los Decretos legislativos. 1784, 2348 y 2361 de 1954, así: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 10.000.000 | |
| 302. 503. 2° Intereses | 7.500.000 | 17.500.000.00 |
| 510. Artículo 1670. Federación Nacional de Cafeteros.
Servicio de la deuda con la Federación Nacional de Cafeteros, de acuerdo con los contratos de octubre 19 y diciembre 17 de 1971, celebrados en virtud de los Decretos legislativos números 1784, 2348 de 1954 1837 de 1955, así: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 14.300.600 | |
| 302. 503. 2° Intereses | 3.587.300 | 17.887.900.00 |
| 510. Artículo 1671. Proveedores.
Servicio de la deuda con varios proveedores, de acuerdo con los contratos a celebrarse por la adquisición de bienes y servicios para la Corporación de Instituciones de Asistencia Social (CORPAL), en virtud de la Ley 39 de 1969, así: | ||
| 301. 501. 1° Amortización | 6.600.000 | |
| 302. 503. 2° Intereses | 3.000.000 | 9.600.000.00 |
| 510. Artículo 1672. Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. | ||
| Préstamo de Programa
Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de Washington, de acuerdo con el contrato a celebrarse entre el Gobierno Nacional y dicho banco, para financiar la compra de bienes y servicios y desarrollo de de las exportaciones, en virtud de las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965, 26 de 1967, 18 de 1970 y 3ª de 1972, así: | ||
| 302. 503. 1° Intereses | 6.000.000 | 6.000.000.00 |
| Programa 182. - Deuda Interna | ||
| Documentos a la orden y Convenios Contractuales | ||
| 510. Artículo 1723. Intereses pagarés cuyo especial.
Para pagar al Banco de la República el valor de los intereses del 4% anual, de los pagarés de cupo especial que se emitan de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el artículo 4° del Decreto legislativo número 756 de 1951 y la Ley 33 de 1962, así: | ||
| 307. 503. 1° Intereses | 4.252.850 | 4.252.850.00 |
| Suman los créditos | $ | 61.205.380.00 |
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de agosto de 1972.
misael pastrana borrero
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez.