DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 42001. 15, SEPTIEMBRE, 1995. PÁG. 8.
ÍNDICE [Mostrar] |
RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
DECRETO 1545 DE 1995
(septiembre 15)
por el cual se reglamenta el numeral 11 del artículo 6 del Decreto 2113 de 1992.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1. Las actividades de transferencia de conocimientos que a nivel internacional debe promover el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" se pueden desarrollar, además de los acuerdos de cooperación entre gobiernos, a través de la participación de esta entidad como asesora, consultora y prestataria de servicios, mediante la contratación internacional, para la realización de todas o algunas de las funciones del Instituto.
Las actividades a nivel internacional deben ponerse previamente en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento al numeral 5 del artículo 1º del Decreto 2126 de 1992.
TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 15 de septiembre de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.