Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
DECRETO14861972197208 script var date = new Date(24/08/1972); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CIX. N. 33695. 22, SEPTIEMBRE, 1972. PÁG. 3.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerios de Gobierno, de Salud Pública y de Educación Nacional), por $ 742.000.00VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO22/09/197224/08/19723369512713

DIARIO OFICIAL. AÑO CIX. N. 33695. 22, SEPTIEMBRE, 1972. PÁG. 3.

ÍNDICE [Mostrar]

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

DECRETO 1486 DE 1972

(agosto 24)

Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerios de Gobierno, de Salud Pública y de Educación Nacional), por $ 742.000.00

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de las facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos; 

  

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972, de los Ministerios de Gobierno, Salud Pública y Educación Nacional, por un total de $ 742.000; 

  

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, y con base en el producto del superávit fiscal de 1971, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 10 de 1972, por $ 404.359.234.88, de los cuales se utilizan $742.000 para financiar la apertura de los créditos presupuestales de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

decreta: 

  


Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de setencientos cuarenta y dos mil pesos ($ 742.000) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibiblidad número 10 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: 

  

Presupuesto de Rentas e Ingresos. 

  

Recursos de capital. 

  

Capítulo XV. 

Recursos del Balance del Tesoro.
Numeral 166. Superávit fiscal de 1971$742.000
Suma el recurso$742.000

Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972:

Presupuesto de Funcionamiento. 

  

Ministerio de Salud Pública. 

  

Capítulo 231. 

  

Ministerio de Salud Pública. 

  

Programa 256. 

  

Aportes para el desarrollo regional a instituciones de asistencia social. 

203-336-412. Artículo 2515. Departamento Norte de Santander$50.000
Ordinal 9. Pamplona: Albergue Infantil50.000
Ministerio de Educación Nacional.

Capítulo 281. 

  

Ministerio de Educación Nacional. 

  

Programa 327. 

  

Aportes para el desarrollo de la educación y la cultura. 

  

Subprograma 2. Aportes para sostenimiento de planteles de educación media

203-313-413: Artículo 3414. Departamento Norte de Santander50.000
Ordinal 71. Pamplona: Colegio Provincial50.000
Subprograma 5. Aportes para sostenimiento de planteles de divulgación cultural y otros.
203-319-413. Artículo 3478. Departamento Norte de Santander104.000
Ordinal 66. Pamplona: Jardín Infantil Nuestra Señora de Belén30.000
Ordinal 67. El Carmén: Obras sociales y educativas de la Parroquia34.000
Ordinal 68. Ocaña: Asociación de Institutores Nortesantandereanos (Asinort)40.000
203-319-414. Artículo 3480. Departamento de Risaralda50.000
Ordinal 15. Pereira: Asociación Femenina de Asistencia Social50.000
203-319-413. Artículo 3481. Departamento de Santander55.000
Ordinal 27. Bucaramanga: Asociación Femenina Laboral de Santander30.000
Ordinal 28. Para la Fundación Santa
Presupuesto de Inversión.

Ministerio de Gobierno. 

  

Capítulo 530. 

  

Ministerio de Gobierno. 

  

Programa 533. 

  

Aportes para desarrollo regional por Acción Comunal. 

  

Subprograma 1. Fomento educativo y cultural. 

501-312. Artículo 5332. Departamento de Santander25.000
Proyecto 43. Para la Junta de Acción Comunal del Barrio de Chiquinquirá en el Socorro, con destino a la casa de la comunidad5.000
Proyecto 44. Para la Junta de Acción Comunal del Socorro, con destino a la dotación de instrumental para los coros de la Casa de la Cultura20.000
Subprograma 2. Desarrollo municipal.
568-442. Artículo 5358. Departamento de Santander278.000
Proyecto 81. Para la Junta de Acción Comunal del Socorro, con destino a la construcción de un hotel de turismo170.500
Proyecto 82. Para la Junta de Acción Comunal de Simacota, con destino al arreglo del camino a La Llamita20.000
Proyecto 83. Fara la Junta de Acción Comunal de Bajo Ropero en el Municipio de San Benito, con destino al mejoramiento de la carretera Momaruca-Quebrada El Ropero7.500
Proyecto 84. Para la Junta de Acción Comunal de Suaita, con destino a la carretera Cucuteña-Guayabal10.000
Proyecto 85. Para la Junta de Acción Comunal del Barrio de Chiquinquirá, del Socorro, con destino a la canalización de la quebrada Guayacana35.000
Proyecto 86. Para la Junta de Acción Comunal del Socorro, con destino al Asilo de San Rafael35.000
Subprograma 4. Obras varias.
568-443. Artículo 5405. Departamento de Norte de Santander130.000
Proyecto 154. Ocaña: Para la Junta de Acción Comunal del Centro Benjamín Herrera, obras varias100.000
Proyecto 155. Ocaña: Para la Junta de Acción Comunal del Barrio de la Costa20.000
Proyecto 156. Abrego: Para la Junta de Acción Comunal de La Labranza10.000
Suman los créditos$742.000


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de agosto de 1972. 

  

misael pastrana borrero 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez.