DIARIO OFICIAL. AÑO CIX. N. 33692. 19, SEPTIEMBRE, 1972. PÁG. 1.
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DECRETO 1468 DE 1972
(agosto 23)
Por el cual se hacen unas distribuciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerio de Salud Pública y de Obras Públicas) por $ 2.000.000.00
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
considerando:
Que el artículo 12 de la Ley 24 de 1971 facultó al Gobierno Nacional para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos que necesiten ser divididas, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que tales distribuciones deben ser originarias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para lo cual solo se requiere la firma del respectivo Ministro, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto;
Que los Ministros de Salud Pública y Obras Públicas han solicitado la aplicación de la precitada norma para el reparto de la suma de $ 2.000.000 asignada por medio del Decreto 962 de junio 8 de 1972;
Que la Dirección General del Presupuesto encuentra ajustada a las disposiciones legales vigentes la petición propuesta,
decreta:
Artículo 1° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1972.
| Presupuesto de Inversión.
Ministerio de Salud Pública. | ||
| Programa 630.
Ministerio de Salud Pública.
Programa 637. | ||
| Construcción y terminación de acueductos y alcantarillados. | ||
| Subprograma 1. Estudios, construcción y terminación de acueductos y alcantarillados en los Departamentos. | ||
| 593-412. Artículo 6356-G. Para obras de acueductos y alcantarillados en el Departamento del Cesar, según distribución por Decreto | $ | 1.000.000 |
| Que se distribuyen así: | ||
| Proyecto 1. Municipio de Chiriguaná, Corregimiento Jagua de Ibirico | 400.000 | |
| Proyecto 2. Municipio de Tamalameque, Corregimiento de Pelaya | 400.000 | |
| Proyecto 3. Municipio de Curumaní, Corregimiento de San Roque | 200.000 | |
| Ministerio de Obras Pública. | ||
| Programa 710. | ||
| Ministerio de Obras Públicas. | ||
| Programa 713. | ||
| Electrificación. | ||
| 582-244. Artículo 7324-D. Para obras de electrificación en el Departamento del Cesar, según distribución por Decreto | $ | 100 .000 |
| Que se distribuyen así: | ||
| Proyecto 1. Municipio de Aguachica | ||
| a) Corregimiento de Barrancalebrija | 100.000 | |
| b) Corregimiento de Loma de Corredor | 100.000 | |
| c) Corregimiento de Norean | 100.000 | |
| Proyecto 2. Municipio de Tamalameque: Corregimiento de Zapatosa | 100.000 | |
| Proyecto 3. Municipio de Chiriguaná: | ||
| a) Caserío La Sierra | $ | 100.000 |
| b) Corregimiento de Poponte | 150.000 | |
| Proyecto 4. Municipio de Curumaní: | ||
| a) Corregimiento de San Roque | 150.000 | |
| b) Corregimiento de Sabanagrande | 100.000 | |
| c) Corregimiento de San Sebastián | 100.000 | |
| Total | $ | 2.000.000 |
Artículo 2° Aclárase el artículo primero del Decreto 243 de 1972, en el sentido de que el valor propuesto en el ordinal 4, aparte 11, Municipio de Chinú, es para cancelar parte del contrato celebrado entre el Departamento y la Electrificadora de Córdoba para electrificación del mismo municipio y no como allí aparece.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de agosto de 1972.
misael pastrana borrero
El Ministro de Hacienda y Crédito Público Rodrigo Llorente Martínez.