DIARIO OFICIAL. AÑO XCVII. N. 30272. 6, JULIO, 1960. PÁG. 9.
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DECRETO 1463 DE 1960
(junio 17)
Por medio del cual se destina una partida
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. De la partida asignada en el Capitulo 205, articulo 2270 del Presupuesto de la vigencia en curso, "Gastos que demanden los estudios de irrigación y drenaje en el país, en el año", hácese la siguiente destinación:
Capitulo 205. Artículo 2270. Para entregar a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, a fin de que cubra los gastos que demande la contratación de técnicos en irrigación y drenaje, según prospecto que deberá aprobar el Ministerio de Agricultura, $ 265.000.00.
Comuníquese y ejecútese.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de junio de 1960.
ALBERTO LLERAS
Hernando Agudelo Villa,
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Gilberto Arango Londoño,
Ministro de Agricultura.