DECRETO14481940194007 script var date = new Date(18/07/1940); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24421. 24, JULIO, 1940. PÁG. 14.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se modifican los Decretos números 1302 de 1939 y 1292 de 1940VigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO24/07/194024/07/19402442128614

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24421. 24, JULIO, 1940. PÁG. 14.

DECRETO 1448 DE 1940

(julio 18)

Por el cual se modifican los Decretos números 1302 de 1939 y 1292 de 1940

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las facultades extraordinarias de que está investido por la Ley 54 de 1939, 

  

decreta: 

  


Artículo 1° A partir del 1° de agosto venidero, el sueldo del Director de la Sección 4° de Enseñanza Industrial y Escuelas Complementarias del Ministerio de Educación Nacional, será de $315. mensuales. 

  


Artículo 2° Suprímese el puesto de Mecanógrafa de que trata el artículo 2º del Decreto número 1292 del año en curso. 

  


Artículo 3° Créase el cargo de Mecanotaquígrafa de la Sección 10none de Ingeniería del Ministerio de Educación Nacional, con asignación mensual de $ 130. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 18 de julio de 1940. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos Lleras RESTREPO 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Jorge Eliécer GAITAN