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DECRETO14291951195106 script var date = new Date(26/06/1951); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N. 27659. 23, JULIO, 1951. PÁG. 5.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se aprueba el Decreto número 27 de 13 de junio de 1951, de la Superintendencia BancariaVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO23/07/195123/07/1951276592775

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N. 27659. 23, JULIO, 1951. PÁG. 5.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1429 DE 1951

(junio 26)

Por el cual se aprueba el Decreto número 27 de 13 de junio de 1951, de la Superintendencia Bancaria

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Apruébase el Decreto número 27 de 13 de junio de 1951, dictado por el Superintendente Bancario, y cuyo texto es el siguiente: 

  

DECRETO NUMERO 27 DE 1951 (JUNIO 13) 

  

por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros. 

  

El Superintendente Bancario, 

  

en ejercicio de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

1° Que existen en el Departamento Jurídico de la Superintendencia Bancaria, cuatro cargos de Agentes Especiales Abogados Auxiliares de dicho Departamento, con una asignación mensual de $ 850.00 moneda corriente cada uno, (Decreto número 6 de 31 de marzo de 1951 de la Superintendencia Bancaria, aprobado por el número 0760 de 6 de abril de 1951, de la Presidencia de la República); 

  

2° Que en la actualidad tres de estos cargos están vacantes; 

  

3° Que conviene a la buena marcha de la Superintendencia Bancaria y al mejoramiento de sus servicios la supresión de dichos cargos, creando solamente dos con una asignación de $ 1.100.00 moneda corriente cada uno y, además, uno de Ayudante de la Secretaría General con una, asignación mensual de $ 500.00 moneda corriente. 

  

4° Que las modificaciones de que trata el considerando anterior dejan un remanente en el presupuesto de la Superintendencia, de setecientos pesos ($ 70.000) mensuales. 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Suprímense los cuatro cargos de Agentes Especiales, Abogados Auxiliares del Departamento Jurídico de la Superintendencia Bancaria, de que trata el considerando 1° del presente Decreto, y créanse los siguientes: 

  

a) Dos de Agentes Especiales, Abogados Auxiliares del Departamento Jurídico, con una asignación mensual de mil cien pesos ($ 1.100.00) cada uno; 

  

b) Uno de Ayudante de la Secretaría General con una asignación mensual de quinientos pesos ($ 500.00) moneda corriente. 

  

Sométase el presente Decreto a la aprobación del Gobierno 

  

Nacional. Cúmplase. 

  

Dado en Bogotá a trece (13) de junio de mil novecientos cincuenta y uno (1951). 

  

El Superintendente Bancario, 

  

Manuel Antonio Suárez Hoyos. 

  

El Secretario, 

  

Pedro M. Carreño Mallarino. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 26 de junio de 1951. 

  

LAUREANO GOMEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Antonio Alvarez Restrepo