DIARIO OFICIAL. AÑO CXL. N. 45541. 7, MAYO, 2004. PÁG. 15.
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DECRETO 1406 DE 2004
(mayo 06)
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 950 del 11 de abril de 2003, por el cual se suprime el establecimiento público Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional y se ordena su liquidación;
Que el proceso de liquidación se encuentra próximo a su culminación, para lo cual con el fin de dar cumplimiento a las Leyes 790 de 2002 y 812 de 2003, se hace necesario reubicar los empleados públicos que se encuentran en condiciones de prepensionados;
Que el Ministerio de Educación Nacional, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar la planta de personal de esa entidad, el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal;
DECRETA:
Artículo 1°. Créanse transitoriamente en la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional, los siguientes cargos:
N° de Cargos | Dependencia y Denominación del Empleo | Código | Grado |
PLANTA GLOBAL | |||
1 (Uno) | Supervisor | 5105 | 12 |
3 (Tres) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335 | 05 |
1 (Uno) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 06 |
Artículo 2°. Los cargos creados en el presente decreto quedarán suprimidos a partir de la fecha en que sus titulares sean incorporados a nómina de pensionados de la Administradora del Fondo de Pensiones correspondiente.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2231 de 2003 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
La Ministra de Educación Nacional,
Cecilia María Vélez White.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.