DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 41973. 24, AGOSTO, 1995. PÁG. 10.
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DECRETO 1358 DE 1995
(agosto 14)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 007 del 17 de mayo de 1995, que adiciona la planta de personal del Instituto Colombiano de la Participación Jorge Eliécer Gaitán.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO LEY
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO 1º. Apruébase en todas sus partes el Acuerdo 007 del 17 de mayo de 1995, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Participación "Jorge Eliécer Gaitán", Colparticipar, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NUMERO 007 DE 1995
(mayo 17)
por el cual se adiciona la planta de personal del Instituto Colombiano de la Participación Jorge Eliécer Gaitán.
La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Participación Jorge Eliécer Gaitán, en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 8º del Decreto 351 de febrero 11 de 1994 y el artículo 16 del Acuerdo número 005 de mayo 17 de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que con Acuerdo número 005 de mayo 17 de 1995 se adoptan los Estatutos y la Estructura Interna del Instituto Colombiano de la Participación Jorge Eliécer Gaitán;
Que el Capítulo V, artículo 20 del mencionado decreto crea la Estructura Interna de Colparticipar;
Que igualmente en el mismo artículo se crea la Dirección General;
Que para el cumplimiento de los objetivos y la orientación de la institución se hace necesario adicionar la planta de personal y crear el cargo de Director General que ordena el Decreto 351 de febrero 11 de 1994,
ACUERDA:
Artículo 1º. Adiciónase la planta de personal y créase el siguiente empleo:
Nº Cargos | Dependencia y denominación del empleo | Código | Grado |
(1) | Director General de |
|
|
| Establecimiento Público | 0015 | 20 |
Artículo 2º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cinco (1995).
(Fdo.) Javier Alonso Lastra Fuscaldo
Presidente.
(Fdo.) Olga Escobar Ramos
Secretaria».
ARTICULO 2º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 14 de agosto de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
La Ministra de Educación Nacional,
María Emma Mejía Vélez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya.