DECRETO13431907190711 script var date = new Date(05/11/1907); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLIII. N. 13114, 13, NOVIEMBRE, 1907. PÁG. 2MINISTERIO DE HACIENDA Y TESOROPor el cual se adiciona el dictado con fecha 12 de septiembre último, bajo el número 1130VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO13/11/190713/11/19071311411182

DIARIO OFICIAL. AÑO XLIII. N. 13114, 13, NOVIEMBRE, 1907. PÁG. 2

DECRETO 1343 DE 1907

(noviembre 05)

Por el cual se adiciona el dictado con fecha 12 de septiembre último, bajo el número 1130

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Fijánse á los empleados de la Aduana de Santa Marta que á continuación se expresan los siguientes sueldos mensuales, con la anterioridad del 1.° de Julio del año en curso: 

Del Médico del puerto$ 80
Del Cajero auxiliar100
Del Ayudante del Tenedor de libros80

Parágrafo. La Dirección general de la Contabilidad tendrá en cuenta lo ordenado en el presente Decreto, para hacer en el Presupuesto las traslaciones del caso. 

  

Publíquese. 

  

Dado en Bogotá, á 5 de Noviembre de 1907. 

  

R. REYES 

  

El Ministro de Hacienda y Tesoro, 

  

tobias VALENZUELA