DIARIO OFICIAL. AÑO CXI. N. 34141. 13, agosto, 1974. PÁG. 1.
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DECRETO 1335 DE 1974
(julio 09)
Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Departamento Administrativo de la Presidencia de la República), por la suma de $ 3.000.000.00
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley 18 de 1973, faculta al Gobierno Nacional, para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos, que necesiten ser divididas, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requerimientos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que tales distribuciones deben ser originarias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, para lo cual se requiere la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Pública;
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, ha solicitado la aplicación de la precitada norma para el reparto parcial de la suma de $ 3.000.000.00 correspondiente a la apropiación de la vigencia fiscal de 1974, Programa 010, Capítulo 010, artículo 0121, del Presupuesto de Funcionamiento;
Qué el Decreto número 2263 de 1966, fijó la política de Integración Popular para estimular las actividades que cumplen las asociaciones comunales en el país, lo cual es necesario impulsar con la participación económica del Estado;
Que la Dirección General del Presupuesto encuentra conveniente y ajustada a las disposiciones legales vigentes, la petición propuesta,
DECRETA:
Artículo primero. Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1974;
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Presidencia de la República
Capítulo 010
Departamento Administrativo de la Presidencia
Programa 010
Transferencias
(Recursos Ordinarios)
205.442.430. Artículo 0121. Para Programas de Integración Popular $ 3.000.000.00, que se distribuirán parcialmente, así:
| DEPARTAMENTO DEL TOLIMA | |
| Municipio de Ibagué | |
| Para la "Fundación para el Bienestar Social del Tolima", con destino a sus programas en beneficio de los damnificados por el desbordamiento del río Combeima | $ 300.000 |
| Municipio de Coello | |
| Para la Junta de Defensa Civil de la Inspección de Gualanday, con destino a las obras de purificación del acueducto | 50.000 |
| DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA | |
| Municipio de Guatavita | |
| Para la "Corporación de Vecinos para el Desarrollo Socio-económico de Guatavita", con desatino a sus programas de desarrollo artesanal | 40.000 |
| Municipio de Bituima | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la construcción de la piscina comunitaria | 30.000 |
| Municipio de Quebradanegra | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la terminación del Colegió Departamental "Alfredo Vásquez .Cobo" | 40.000 |
| DEPARTAMENTO DEL HUILA | |
| Municipio de Baraya | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a reparaciones en el acueducto municipal | 300.000 |
| Municipio de Garzón | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la construcción del matadero municipal | $ 200.000 |
| DEPARTAMENTO DE CALDAS | |
| Municipio de Aranzazu | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la terminación del cuartel para el Cuerpo de Bomberos | 100.000 |
| INTENDENCIA NACIONAL DEL CAQUETA | |
| Municipio Belén de los Andaquíes | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la construcción del alcantarillado del barrio "Santa Teresa" | 50.000 |
| DEPARTAMENTO DE BOYACA | |
| Municipio de Togüí. | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a las obras de reconstrucción del templo parroquial | 100.000 |
| Municipio de Páez | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a obras varias en las Veredas de El Oso, Pan de Azúcar, El Tunjo y Yamuntica, por partes iguales | 50.000 |
| Municipio de Gámbita | |
| Para la Junta de Acción Comunal de Corontunjo, con destino a la construcción de un carreteable | 50.000 |
| Municipio de Tunja | |
| Para la Junta de Acción Comunal del Corregimiento de Oicatá, con destino a la terminación y arreglo del carreteable que de Oicatá conduce a la Vereda ele Rumba | 50.000 |
| Municipio de Chitaraque | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la terminación de la carretera Chitaraque- Gámbita | 40.000 |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la terminación de la construcción del colegio | 30.000 |
| Municipio de Moniquirá | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la construcción de la carretera Moniquirá -Vereda de La Laja | 20.000 |
| Municipio de Gachantivá | |
| A la Junta Central de Acción Comunal, con destino al arreglo de la carretera Moniquirá-Gachantivá | 20.000 |
| Municipio de Santa Sofía | |
| A la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la terminación del colegio | 20.000 |
| Municipio de Corrales | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la construcción de un parque | 30.000 |
| DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA | |
| Municipio de Ginebra | |
| Para el Club de Leones, con destino a sus obras sociales en favor de la comunidad | 30.000 |
| Municipio de San Pedro | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a obras varias | 40.000 |
| Municipio de Bugalagrande | |
| Para la Junta de Acción Comunal de Ceilán, con destino a la construcción del alcantarillado | 80.000 |
| Para la Junta de Acción Comunal del barrio Pablo VI, con destino a sus programas de electrificación | 20.000 |
| Municipio de Andalucía | |
| Para la Junta de Acción Comunal de Altaflor, con destino a sus programas de electrificación | 30.000 |
| Municipio de Bolívar | |
| Para la Junta de Acción Comunal de Catres, con destino a la construcción de un puente | 20.000 |
| Municipio de Aguila | |
| Para la Junta de Acción Comunal de Villanueva, con destino a la adquisición de un lote para una obra comunitaria | 30.000 |
| Municipio El Dovio | |
| Para el Cuerpo de Bomberos Voluntarios, con destino a la construcción de un cuartel | 30.000 |
| Para la Junta de Ferias, con destino a la terminación de la plaza de ferias | 30.000 |
| Para la Parroquia con destino a sus obras sociales | 30.000 |
| Municipio de Ansermanuevo | |
| Para el Cuerpo de Bomberos Voluntarios, con destinó a la adquisición de una ambulancia | 40.000 |
| DEPARTAMENTO DEL CESAR | |
| Municipio de Valledupar | |
| Para la Junta de Acción Comunal del Corregimiento de Valencia de Jesús, con destino a la restauración y remodelación del templo de Jesús Nazareno | 80.000 |
| Para el Batallón La Popa, con destino a construcciones en el casino de Oficiales | 250.000 |
| INTENDENCIA NACIONAL DEL CASANARE | |
| Municipio de Maní | |
| Para la Junta de Acción Comunal Central, con destino a los programas de electrificación a través de la Electrificadora Boyacá S. A. | 100.000 |
| DEPARTAMENTO D E ANTIOQUIA | |
| Municipio de Abejorral | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la construcción de obras de arte en el carreteable que comunica la cabecera municipal con las Veredas de Los Pantanos, La Polca, El Erizo y Carrizales | 200.000 |
| Municipio de Liborina | |
| Para la Junta de Acción Comunal del Corregimiento de La Honda, con destinó a la construcción de un puesto de salud | 20.000 |
| Para la Junta de Acción Comunal del Corregimiento de El Carmen de la Venta, con destino a la construcción de un puesto de salud | 20.000 |
| Para la Junta de Acción Comunal de la Vereda de Curiti, con destino a la construcción de una escuela | 20.000 |
| Para la Junta de Acción Comunal de La Merced, con destino a la construcción de un puesto de salud | 20.000 |
| Para la Asociación de Padres de Familia del Colegio del Perpetuo Socorro, con destino a reparaciones locativas en la edificación | 20.000 |
| Para la Junta de Acción Comunal de la Vereda de San Cristóbal, con destino a la construcción de una escuela | 20.000 |
| Municipio de Caramanta | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la obra del Hogar Juvenil Campesino | 50.000 |
| Municipio de Medellín | |
| Para la Casa de Nuestra Señora de Chiquinquirá, con destino a obras varias | 40.000 |
| Municipio de Copacabana | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a las obras de puente y carretera a La Cruz | 70.000 |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la canalización de la quebrada "Las Canoas", en las partidas hacia Quebradarriba y Tablazo | 40.000 |
| Municipio de Cañasgordas | |
| Para la Junta de Acción Comunal "San Francisco de Asís", del Corregimiento de Cestillal, con destino a la construcción de obras de desarrollo comunal | 50.000 |
| Para la Junta de Acción Comunal de "San Pascual", con destino a obras varias de desarrollo comunal | 20.000 |
| Municipio de Olaya | |
| Para la Junta Central de Acción Comunal, con destino a la construcción de un puente peatonal sobre el río Cauca | 50.000 |
| Municipio de Frontino | |
| Para la Parroquia, con destino a las obras del Centro Comunitario Parroquial | 30.000 |
Artículo segundo. Los Promotores de Desarrollo de la Comunidad, que actúen en las respectivas regiones o zonas, supervisarán la inversión de las asignaciones otorgadas por este Decreto. Los Presidentes de las Juntas de Acción Comunal conjuntamente con el Revisor Fiscal de las mismas, enviarán al Promotor Regional correspondiente, una relación del estado de la inversión por lo menos una vez al mes sin perjuicio de las demás medidas que con el mismo fin se tomen por dichas autoridades o por otras dependencias del Gobierno Nacional.
Artículo tercero. Para recibir las contribuciones de qué trata este Decreto, las Juntas de Acción Comunal deberán acreditar previamente su personería jurídica, y el Tesorero de las mismas deberá prestar fianza de manejo de acuerdo con las normas vigentes de la Contraloría General de la República, a este respecta. Así mismo, se sujetarán a las prescripciones de esta entidad en cuanto a la rendición de las cuentas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 9 de julio de 1974.
MISAEL PASTRANA BORRERO
Luis Fernando Echavarría V., Ministro de Hacienda y Crédito Público. Rafael Naranjo Villegas, Secretario General, Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.