DIARIO OFICIAL. A?O CXLIV. N. 47327. 21, ABRIL, 2009. PÁG. 9.
DECRETO 1323 DE 2009
(abril17)
por el cual se modifica el artículo 72 del Decreto 806 de 1998.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Ministro del Interior y de Justicia de la Repblica de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales, en virtud del Decreto 1225 del 13 de abril de 2009, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artculos 189 numeral 11 de la Constitucin Poltica, 1 literal k de la Ley 10 de 1990, 154, 157 y 159 de la Ley 100 de 1993 y 23 de la Ley 344 de 1996,
DECRETA:
Artculo 1. Modifquese el artculo 72 del Decreto 806 de 1998, el cual quedar as:
Artculo 72. Rgimen aplicable a los funcionarios que prestan el servicio en el exterior. Para los funcionarios del sector pblico que deban cumplir sus funciones en el exterior, se deber contratar la prestacin de servicios de salud a travs de compaas aseguradoras, mediante contratos que suscriba la entidad de la que formen parte, de manera que todos los funcionarios reciban el mismo plan en condiciones similares al servicio ofrecido en Colombia para los afiliados al Plan Obligatorio de Salud - POS del Rgimen Contributivo, dentro de las posibilidades del mercado extranjero. El rgimen del Sistema General de Seguridad Social en Salud, les ser aplicable una vez los funcionarios retornen al pas.
La entidad empleadora cuyos funcionarios pblicos presten el servicio en el exterior y respecto de los cuales se hubiere contratado la pliza a que hace alusin el inciso anterior, deber efectuar los aportes correspondientes a la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garanta - Fosyga, a travs de la Planilla Integrada de Liquidacin de Aportes - PILA. Estos aportes se tendrn en cuenta para efectos de mantener la antigedad en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artculo 2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacin, modifica el artculo 72 del Decreto 806 de 1998 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Publquese y cmplase.
Dado en Bogot, D. C., a 17 de abril de 2009.
FABIO VALENCIA COSSIO
El Ministro de la Proteccin Social,
Diego Palacio Betancourt