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DECRETO13201974197407 script var date = new Date(05/07/1974); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXI. N. 34146. 21, agosto, 1974. PÁG. 1.MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPor el cual se adiciona la Planta de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores establecida mediante el Decreto número 2667 de diciembre 18 de 1973VigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalseDECRETO ORDINARIO21/08/197405/07/1974341463651

DIARIO OFICIAL. AÑO CXI. N. 34146. 21, agosto, 1974. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1320 DE 1974

(julio 05)

Por el cual se adiciona la Planta de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores establecida mediante el Decreto número 2667 de diciembre 18 de 1973

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de facultades constitucionales y legales, y 

  

CONSIDERANDO 

  

que el artículo 2º del Decreto-ley 662 de 10 de abril de 1974, creó en el Ministerio de Relaciones la División de Fronteras, cuyo funcionamiento debe organizarse debidamente, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º Las funciones propias de la División de Fronteras del Ministerio de Relaciones Exteriores serán cumplicas por la Planta de Personal que a continuación se establece: 

  

Jefatura de la División. 

Un Jefe de DivisiónVIII 35
Un SecretarioII 14
Un ChoferIV 11

Sección de Fronteras Terrestres. 

Un Consejero (Jefe de Sección)III 25
Un Primer Secretario de Relaciones. Exteriores22
Un Tercer Secretario de Relaciones Exteriores17

Sección de Fronteras Marítimas. 

  

La Jefatura de la Sección estará a cargo del Jefe de la División de Fronteras. 

Un Segundo Secretario de Relaciones Exteriores20

Sección de Archivo y Mapoteca. 

Un Segundo Secretario de Relaciones Exteriores20
Un Tercer Secretario de Relaciones Exteriores17
Un dibujanteIII 16
Una MecanotaquígrafaIII 12

Artículo 2º Nómbrase al señor Mayor Julio Londoño Paredes para desempeñar el cargo de Jefe de la División de Fronteras. 

  


Artículo 3° Las personas a que se refiera el artículo anterior que actualmente prestan sus servicios al Ministerio para el efecto de su posesión deberán solamente pagar el valor de las estampillas correspondientes al aumento del sueldo, si lo hubiere. 

  


Artículo 4º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 5 de julio de 1974. 

  

MISAEL PASTRANA BORRERO 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores encargado, Carlos Borda Mendoza. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echevarría Vélez. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Carmenza Arana de Ramírez