DECRETO13161932193207 script var date = new Date(30/07/1932); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 22054. 6, AGOSTO, 1932. PÁG. 3.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se adiciona el Decreto 1128 de 1931, reglamentario del servicio de sanidad vegetalVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO06/08/193206/08/1932220542993

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII. N. 22054. 6, AGOSTO, 1932. PÁG. 3.

DECRETO 1316 DE 1932

(julio 30)

Por el cual se adiciona el Decreto 1128 de 1931, reglamentario del servicio de sanidad vegetal

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de sus atribuciones legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Incluyese a Santa Marta entre los puertos por los cuales puede entrar material de propagación de plantas. 

  

El Agrónomo Regional de la 9° Zona tendrá también las atribuciones que a los Instructores de Sanidad Pecuaria les confiere el Decreto número 1128 de 1921, reglamentario del servicio de sanidad vegetal. Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 30de julio de 1932. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Esteban JARAMILLO 

  

El Ministro de Industrias, 

  

Francisco José CHAUX