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DECRETO12971974197407 script var date = new Date(04/07/1974); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXI. N. 34134. 1, agosto, 1974. PÁG. 4.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974 (Contraloría General de la República) ;por $ 27.177.501.00VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO01/08/197404/07/1974341342644

DIARIO OFICIAL. AÑO CXI. N. 34134. 1, agosto, 1974. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1297 DE 1974

(julio 04)

Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974 (Contraloría General de la República) ;por $ 27.177.501.00

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el numeral 1º del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos; 

  

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública, y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal do 1974 de la Contraloría General de la República, por $ 27.177.501.00; 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 17 de 1974, por $ 27.177.501.00 para financiar loa créditos adicionales de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de veintisiete millones ciento setenta y siete mil quinientos un pesos ($27.177.501) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 17 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: 

  

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 

  

A - Tasas y Multas 

  

Capitulo VII 

  

a) Servicios Administrativos 

Numeral 37. Contribución de las entidades fiscalizadas por la Contraloría General de la República$ 27.177.501
Suma el recurso$ 27.177.501

Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974. 

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Capítulo 005 

  

Contraloría General de la República 

  

Programa 006 

  

Fiscalización de los Establecimientos Públicos 

  

Servicios Personales 

  

101.113.103. Artículo 0067. Sueldos del personal de nómina 

$ 26.500.000
Gastos Generales

106.113.205. Artículo 0074. Viáticos y gastos de viaje 

677.501
Suman los créditos adicionales:$ 27.177.501

Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 4 de julio de 1974. 

  

MISAEL PASTRANA BORRERO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez.