![]() | ![]() |
DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N. 27640. 28, JUNIO, 1951. PÁG. 4.
DECRETO 1213 DE 1951
(mayo 31)
Por el cual se hacen extensivos los efectos de una disposición
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del primero (1º) de mayo del presente año, el Comandante del Ejército gozará de la prima mensual de gastos de representación de que trata el artículo 27 de la Ley 82 de 1947 cuando este cargo no sea desempeñado por un General.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 31 de mayo de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.---El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra, Gonzalo Restrepo Jaramillo.