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DECRETO11731925192507 script var date = new Date(31/07/1925); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXI. N. 19971. 13, AGOSTO, 1925. PÁG. 1.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se reforma la liquidación de la Ley de Apropiaciones para la actual vigencia económica, en lo referente al Ministerio de GuerraVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO13/08/192513/08/1925199712251

DIARIO OFICIAL. AÑO LXI. N. 19971. 13, AGOSTO, 1925. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1173 DE 1925

(julio 31)

Por el cual se reforma la liquidación de la Ley de Apropiaciones para la actual vigencia económica, en lo referente al Ministerio de Guerra

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y 

  

teniendo en cuenta 

  

lo dispuesto en el Decreto número 1135, de 18 de julio del corriente año, en el que aumentan varias asignaciones en el personal del Ministerio de Guerra, 

  

decreta

  


Artículo 1º Contracredítese en la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre 1925, la cantidad de seiscientos treinta y tres mil trescientos veinticuatro pesos ($ 638.324) tomada de las siguientes imputaciones: 

  


Artículo 2º Adicionáse la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de lº enero a 31 de diciembre de 1925 con la suma de Setecientos veinticinco mil ochocientos ochenta pesos ($ 725,880) que llevara las siguientes imputaciones: 

  


Artículo 3º El presente Decreto implica un aumento a la Ley de Apropiaciones para la actual vigencia, de noventa y dos mil quinientos cincuenta; y seis pesos ($ 92,556). 

  

Publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 31 de julio de 1825. 

  

PEDRO NEI OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.