DECRETO11621912191212 script var date = new Date(31/12/1912); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLVI. N. 14825. 21, FEBRERO, 1913. PÁG. 2.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se fija el presupuesto de gastos de personal y material de la Policía Nacional, para el primer semestre de 1913VigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO21/02/191321/02/1913148253622

DIARIO OFICIAL. AÑO XLVI. N. 14825. 21, FEBRERO, 1913. PÁG. 2.

DECRETO 1162 DE 1912

(diciembre 31)

Por el cual se fija el presupuesto de gastos de personal y material de la Policía Nacional, para el primer semestre de 1913

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones, 

  

DECRETA: 

  

Personal. 

  


Articulo 1.° El personal de la Policía Nacional se compondrá de los empleados y agentes que a continuación se expresan, con sus respectivas asignaciones mensuales: 

  

AQUÍ PDF DIARIO 14825 (TABLA DE PRESUPUESTO). PÁG 2 A 4 

  

Presupuesto de material. 

  


Artículo 2.° Fijase para los gastos mensuales de material, hasta la suma de $ 3,000. 

  


Artículo 3.° El Director General tiene autonomía en todos los asuntos del régimen interno del Cuerpo, y conserva la unidad de mando respecto de las Secciones acantonadas fuera de la ciudad. 

  

Parágrafo. Dichas Secciones dependen del respectivo Gobernador en lo referente a la mecánica del servicio administrativo a que están destinadas. 

  


Artículo 4.° El Director General tiene facultad para hacer promociones, permitas y traslaciones de personal en las Divisiones del Cuerpo, según las necesidades del servicio, y dentro de los límites de este presupuesto. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, a treinta y uno de diciembre de mil novecientos doce. 

  

CARLOS E. RESTREPO 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

pedro m. CARRENO