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DECRETO11341940194006 script var date = new Date(14/06/1940); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. LXXVI. N. 24390.17. JUNIO. 1940. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se adiciona el Decreto número 1043, de fecha 31 de mayo últimoVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO17/06/194017/06/1940243909611

DIARIO OFICIAL. AÑO. LXXVI. N. 24390.17. JUNIO. 1940. PÁG. 1.

DECRETO 1134 DE 1940

(junio 14)

Por el cual se adiciona el Decreto número 1043, de fecha 31 de mayo último

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales. 

  

DECRETA

  


Artículo Único. En la excepción de que trata la parle final del artículo 1° del Decreto número 1043, de fecha 31 de mayo último, quedan comprendidos también los informes, que deben rendir al Órgano Legislativo el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, el Presidente del Consejo de Estado, el Procurador General de la Nación, lo mismo que las leyes que expidan las Cámaras Legislativas, la historia de éstas, la Codificación Nacional y todas las demás obras cuya impresión en la Imprenta Nacional, sea ordenada por ley del Congreso. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 14 de junio de 1940. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Jorge GARTNER 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO