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DECRETO11221940194006 script var date = new Date(13/06/1940); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24391. 18, JUNIO, 1940. PÁG. 3.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se provee al pago de los saldos y gastos de las dependencias del Ministerio de Minas y Petróleos durante el mes de junio en cursoVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO18/06/194018/06/1940243919793

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24391. 18, JUNIO, 1940. PÁG. 3.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1122 DE 1940

(junio 13)

Por el cual se provee al pago de los saldos y gastos de las dependencias del Ministerio de Minas y Petróleos durante el mes de junio en curso

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Mientras se termina la instalación de las dependencias de Contabilidad y Pagaduría del Ministerio de Minas y Petróleos, los sueldos y gastos de dicho Ministerio, en el mes de junio. serán atendidos por el Departamento de Contabilidad y Pagaduría del Ministerio de la Economía Nacional. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 13 de junio de 1940. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de la Economía Nacional, 

  

Miguel LOPEZ PUMAREJO 

  

El Ministro de Minas y Petróleos, 

  

Juan Pablo MANOTAS