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DECRETO11021921192109 script var date = new Date(17/09/1921); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 17888. 22, SEPTIEMBRE, 1921. PÁG. 4.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se deroga el marcado con el número 2022 de 10 de noviembre de 1920, por el cual se adopta una medida en el ramo de Caminos NacionalesVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO22/09/192122/09/1921178885124

DIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 17888. 22, SEPTIEMBRE, 1921. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1102 DE 1921

(septiembre 17)

Por el cual se deroga el marcado con el número 2022 de 10 de noviembre de 1920, por el cual se adopta una medida en el ramo de Caminos Nacionales

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

decreta: 

  


Artículo único. Derógase el Decreto ejecutivo número 2022 de 10 de noviembre, de 1920, que estableció el cargo de Almacenista Proveedor de la Dirección General de Caminos Nacionales, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 17 de septiembre de 1921. 

  

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, Esteban JARAMILLO