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DECRETO10461950195003 script var date = new Date(22/03/1950); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. LXXXVI. N. 27289.17. ABRIL. 1950. PÁG. 10.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se otorga una franquicia postalVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO17/04/195017/04/19502728918711

DIARIO OFICIAL. AÑO. LXXXVI. N. 27289.17. ABRIL. 1950. PÁG. 10.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1046 DE 1950

(marzo 22)

Por el cual se otorga una franquicia postal

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la Republica de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Dentro de las normas reglamentarias de los Decretos 406 y 1911 otorgase franquicia postal, inclusive en el servicio urbano, para la correspondencia de las Sociedades de Mejoras Publicas que funcionan en los diferentes Municipios de la Republica. 

  


Artículo 2°. La franquicia concedida por medio del artículo anterior no exime del pago de las sobretasas a que se refieren las Leyes 75 de 1936 y 2a. de 1946. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 22 de marzo de 1950. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

General Gustavo ROJAS PINILLA.