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DECRETO10251998199806 script var date = new Date(09/06/1998); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXIV. N. 43321. 16, JUNIO, 1998. PÁG. 1.PRESIDENCIA DE LA REPUBLICApor el cual se modifica el Decreto 1214 del 30 de abril de 1997.VigentefalsefalsePresidencia de la RepúblicafalsefalseDECRETO ORDINARIO16/06/199816/06/19984332111

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXIV. N. 43321. 16, JUNIO, 1998. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1025 DE 1998

(junio 09)

por el cual se modifica el Decreto 1214 del 30 de abril de 1997.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 4ª de 1992, los artículos 6° numeral 3° y 47 numeral 1° del Decreto 2110 de 1992, y el artículo 40 del Decreto 2203 de 1993. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. El artículo primero del Decreto 1214 del 30 de abril de 1997 quedará así: “Terminado el período correspondiente, los Presidente de la República continuarán disfrutando de los servicios de un Edecán, Oficial Superior de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, el cual será seleccionado de una terna que para el efecto les presente el Ministro de Defensa Nacional”. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C. a 9 de junio de 1998. 

  

ERNESTO SAMPER PIZANO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Antonio José Urdinola.