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DECRETO9972003200304 script var date = new Date(22/04/2003); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVIII. N. 45169. 25, ABRIL, 2003. PAG. 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIO25/04/200325/04/20034516922

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVIII. N. 45169. 25, ABRIL, 2003. PAG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 997 DE 2003

(abril 22)

por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 780 de 2002, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, el cual se liquidó por medio del Decreto 3200 de 2002; 

  

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación; 

  

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación: "Los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor"; 

  

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, recibieron del Ministerio de Justicia y del Derecho la suma de $3.547.500.000 y $473.000.000.00 respectivamente, en aplicación del "Memorando complementario para establecer mecanismos con el fin de ejecutar el Memorando de Entendimiento del 24 de julio de 1990", suscrito el 28 de octubre de 1998 entre los Gobiernos de Colombia y Estados Unidos de América; 

  

Que mediante Resolución número 1824 del 13 de marzo de 2000 de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y mediante Resolución número 040 del 14 de junio de 2000 de la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, incorporaron los recursos provenientes de la distribución efectuada por el Ministerio de Justicia y del Derecho; 

  

Que mediante Decreto número 1787 del 28 de agosto de 2001 se adicionó el presupuesto de ingresos y gastos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, por valor de $3.480.429.487 y la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, por valor $246.060.087; 

  

Que mediante Decreto número 1915 del 27 de agosto de 2002 se adicionó el presupuesto de ingresos y gastos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, por valor de $1.791.199.556 y la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, por valor $35.059.665; 

  

Que de los anteriores recursos, quedaron $1.791.199.556 según certificación del 24 de enero de 2003 expedida por el Jefe de la División de Presupuesto de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y $11.859.654 en la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, de acuerdo con certificación del 7 de febrero de 2003 expedida por la jefe del Area de Presupuesto de esa entidad; 

  

Que por lo anterior es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2003, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, en la suma de un mil ochocientos tres millones cincuenta y nueve mil doscientos diez pesos ($1.803.059.210) moneda legal, según el siguiente detalle: 

  

Rentas del Presupuesto General de la Nación 

  

I. Ingresos del Presupuesto Nacional  

1.803.059.210  

2. Recursos de capital de la Nación  

1.803.059.210  

  


Artículo 2°. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2003, en la suma de un mil ochocientos tres millones cincuenta y nueve mil doscientos diez pesos ($1.803.059.210) moneda legal, según el siguiente detalle: 

  

Adiciones - Presupuesto General de la Nación 

ta.. Prog 

Subc 

subp 

Concepto 

Aporte nacional 

Recursos propios 

Total 

SECCION 1310 

Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales 

A. 

  

Presupuesto de funcionamiento 

1.791.199.556 

  

1.791.199.556 

  

  

Total presupuesto sección 

1.791.199.556 

  

1.791.199.556 

SECCION 1312 

Unidad de Información y Análisis Financiero 

B. 

  

Presupuesto de funcionamiento 

11.859.654 

  

11.859.654 

  

  

Total presupuesto sección 

11.859.654 

  

11.859.654 

  


Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de abril de 2003. 

  

ALVARO URIBE VELEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Roberto Junguito Bonnet.