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DECRETO9491968196806 script var date = new Date(22/06/1968); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32547. 11, JULIO, 1968. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOpor el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 6 de 1968 (marzo 9), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia.VigentefalsefalseInteriorfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse11/07/196822/06/1968325471131

DIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32547. 11, JULIO, 1968. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 949 DE 1968

(junio 22)

por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 6 de 1968 (marzo 9), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. El Acuerdo número 06 de 1968 (marzo 9), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, quedará así: 

  

"ACUERDO NUMERO 06 DE 1968 

  

(marzo 9) 

  

por el cual se cede un lote de terreno para cuarteles de la Policía Nacional, Distrito de San Andrés y Providencia. 

  

El Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto número 3272 de 1962. 

  

ACUERDA: 

  

Artículo primero. Cédese a favor de la Nación, el lote de terreno de propiedad Intendencial, situado en el lugar denominado "Roake", jurisdicción del Municipio de San Andrés, área urbana, con una cabida superficiaria aproximada de dos mil once, cero dos (2.011.02) metros cuadrados, en forma de polígono irregular, comprendido dentro de los siguientes linderos, rumbos y medidas: 

  

Por el Oeste, colindando con la Avenida "Nicaragua", partiendo desde el Monumento a la Bandera, con rumbo Norte, hasta el mojón "A", en longitud de veintiocho con cincuenta (28,50) metros; por el Norte, desde el mojón "A", con rumbo Este, hasta el mojón "B", en longitud de catorce con veinte (14,20) metros, colindando con propiedad de Camelia Duke: por el Oeste, partiendo del mojón "B", con rumbo Norte, hasta el mojón "C", en longitud de cuarenta y cuatro con veinte (44,20) metros; colindando con terrenos de Camelia Duke, de Sucesores de Joseph Bernard y con propiedad de Luis Pomare; por el Norte, partiendo del mojón "C", con rumbo Este, hasta el mojón "D", en longitud de veinticinco con setenta (25,70) metros; colindando con propiedad de la Intendencia; por el Este, desde el mojón "D", con rumbo Sur, en longitud de setenta con cincuenta (70,50) metros, hasta el mojón "E", colindando con la futura "Avenida de la Playa"; por el Sur, desde el mojón "E", con rumbo Oeste, en longitud de treinta y tres (33) metros, hasta encontrar el Monumento a la Bandera, punto de partida, y colindando con terrenos de la Intendencia. 

  

Parágrafo. El lote deberá ser destinado exclusivamente para la construcción de los Cuarteles de la Policía Nacional, Distrito de San Andrés y Providencia. 

  

Los gastos de cesión y cerramiento del lote serán por cuenta de la Nación. 

  

Artículo segundo. Autorízase al Intendente Nacional de San Andrés y Providencia para suscribir a favor de la Nación, la correspondiente Escritura Pública" 

  


Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de junio de 1968. 

  

CARLOS LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Gobierno, Misael Pastrana Borrero.